Fallo histórico en Jujuy: la Justicia reconoció a los animales como sujetos de derecho

Tras un conflicto por el cuidado del perro comunitario Cafrune, se definió que los animales no son objetos de propiedad.

Sociedad16/10/2025Agustina TolabaAgustina Tolaba

napoleón gambetta en aries

El caso de Cafrune, un perro comunitario muy conocido en su barrio jujeño, dejó una marca histórica en la manera en que la ley considera a los animales domésticos. Así lo detalló en su columna por Aries, el Dr. Napoleón Gambetta, quien relató cómo se desarrollaron los hechos que llevaron a un fallo judicial pionero.

Según explicó Gambetta, todo comenzó cuando una persona se llevó a Cafrune alegando que lo cuidaba y lo curaba, generando preocupación entre los vecinos por el paradero del animal. La situación se viralizó en redes sociales, con publicaciones en Facebook y grupos de WhatsApp preguntando por el estado de salud del perro.

El conflicto escaló cuando se descubrió que la persona que tenía a Cafrune “no era veterinaria”, como había afirmado, y surgieron denuncias y comentarios que terminaron exponiendo datos personales de la proteccionista en redes sociales. Esto derivó en una acción judicial por daño y perjuicio iniciada por la persona involucrada, que argumentó haber sufrido un perjuicio moral.

“La jueza de Jujuy analizó la demanda, pero además decidió emitir su parecer sobre el estatus jurídico de los animales”, explicó Gambetta. En ese análisis accesorio, la magistrada sostuvo que los animales no pueden considerarse simples objetos de propiedad, sino que son seres vivos sintientes y titulares de derechos.

cjaCon pocos hinchas en la tribuna, pintan mural antoniano

Finalmente, la demanda de daño y perjuicio no prosperó, ya que se consideró que los comentarios y publicaciones surgieron de una preocupación genuina por la salud del perro comunitario. Sin embargo, la resolución judicial sentó un precedente importante sobre cómo la ley reconoce a los animales: no como objetos de derecho, sino como titulares de derechos propios.

Este fallo, aunque accesorio al caso principal, representa un paso significativo en la protección jurídica de los animales y refuerza la creciente consideración de los seres sintientes dentro del marco legal argentino.

Te puede interesar
Lo más visto

Recibí información en tu mail