
La Legislatura sancionó una ley que restringe el uso de dispositivos móviles en todos los niveles educativos, con excepciones por emergencia, discapacidad o proyectos pedagógicos.
La multa menor será de $3.257.222 y la más alta de $1.085.738.225, según el tipo y grado de incumplimiento de la Ley de Hidrocarburos.
Provincias19/01/2025Las empresas que incumplan las normativas vigentes recibirán multas más elevadas. Así lo definió el gobierno de la provincia al actualizar los valores del régimen sancionatorio establecido en la Ley 2453 de Hidrocarburos.
El aumento será del 591 por ciento respecto a los valores que estaban vigentes desde 2023, iniciando en $3.257.222 y pudiendo alcanzar -según el tipo y grado de incumplimiento- $1.085.738.225.
Ese porcentaje surge de la variación acumulada que registró el Índice de Precios al Consumidor de Bienes y Servicios para la ciudad de Neuquén, publicado por la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos de la Provincia, desde enero de 2023 -fecha de la última actualización- hasta octubre de 2024.
La nueva escala rige desde hoy, por la publicación del decreto 53/2025 en el Boletín Oficial.
Con esta nueva escala, la sanción mínima será de $3.257.222 y la máxima variará según el caso. El monto mayor establecido, de $1.085.738.225, aplicará si el incumplimiento se refiere a la seguridad en las actividades de fraccionamiento, transporte, distribución y comercialización de gas licuado de petróleo.
Para incumplimientos vinculados a la seguridad en las actividades que realizan las empresas de hidrocarburos las sanciones podrían llegar a $4.342.952.898. En cambio, si se trata de incumplimientos vinculados a las reglamentaciones técnicas sobre exploración, explotación y transporte podrían ser de hasta $217.147.637.
También se multará con hasta $54.286.909 a quienes no cumplan con las solicitudes de información que emitan las autoridades
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