
Derecho a la salud por sobre la rentabilidad: fallo contra obra social sienta precedente
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
Se defendió argumentando con la pandemia, el exceso de trabajo y la falta de personal.
Judiciales31/05/2024El Consejo de la Magistratura sancionó con un “apercibimiento” a un juez laboral por las demoras injustificadas en el tratamiento de un expediente por despido y accidente de trabajo.
El plenario del Consejo dispuso la medida sobre el titular del juzgado laboral número 35, Alberto Calandrino, en el marco de una denuncia impulsada por el abogado que litigaba en el expediente.
El juez atribuyó las demoras a la pandemia, a la sobrecarga de trabajo y a la falta de personal para atender el cúmulo de expedientes en su juzgado y en los que debió desempeñarse como subrogante.
La causa por la que fue sancionado el magistrado se inició en 2015 y sólo tuvo sentencia en 2021.
Según la denuncia, el juez no respetó los plazos procesales y demoró la incorporación al expediente digital de los escritos presentados por el reclamante.
De hecho, desde el llamado a “autos para sentencia” –la instancia inmediatamente anterior al dictado de un fallo- hasta el momento de emitir la resolución transcurrieron casi dos años y medio.
La Comisión de Disciplina había aprobado, por iniciativa del diputado y abogado laboralista Héctor Recalde, una sanción de descuento del 20 por ciento del salario del magistrado.
Pero el plenario redujo a un “apercibimiento” la medida disciplinaria.
Con información de Noticias Argentinas
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
La decisión se conoció minutos antes de que comenzara una audiencia en la que iba a abordarse la cuestión. Continúa vigente en cambio la solicitud para mudar el domicilio de la detención.
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