Juzgan a Joaquín Guil por secuestrar y torturar a un exfuncionario de Ragone

Los acusados son el exdirector de Seguridad de la Policía de la provincia, Joaquín Guil, y el exagente policía Carlos Feliciano Estrada. Están imputados de haber intervenido en el secuestro y los tormentos de Tomás Ricardo Cuadri.

Salta 27/02/2024

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El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Salta dio inicio hoy al juicio al exdirector de Seguridad de la Policía de la provincia de Salta, Joaquín Guil, y al exagente de esa fuerza, Carlos Feliciano Estrada, por los delitos de allanamiento ilegal, privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos en perjuicio de Tomás Ricardo Cuadri, perpetrados -en tres hechos diferentes- entre mayo de 1976 y los primeros meses de 1979.

El debate está a cargo de los jueces Mario Marcelo Juárez Almaraz (presidente) y Federico Santiago Díaz y la jueza Marta Liliana Snopek. Intervienen en representación del Ministerio Público Fiscal el fiscal general Carlos Amad y el fiscal ad hoc Juan Manuel Sivila.

Guil llegó acusado en calidad de coautor mediato en tres hechos de allanamiento ilegal y tres de privación ilegítima de la libertad agravados. En relación a las privaciones ilegítimas de la libertad, una se encuentra agravada por el empleo de violencia y amenazas, mientras que los otras dos se encuentran doblemente agravadas también por su duración superior a un mes. Estrada, por su parte, está imputado en carácter de autor material en dos hechos de allanamiento ilegal y dos de privación ilegítima de la libertad agravadas por el empleo de violencia y amenazas; en un caso, doblemente agravada por su duración superior a un mes.

Los dos exfuncionarios policiales deberán responder también por tres hechos de imposición de tormentos, agravados por ser la víctima un perseguido político.

Durante la audiencia de inicio -que fue transmitida por el canal oficial de YouTube del Poder Judicial de la Nación- el tribunal dio lectura al requerimiento de elevación a juicio. Posteriormente, ante la consulta del tribunal, las partes informaron que no realizarían planteos preliminares. Al momento del llamado a indagatoria, tanto Guil como Estrada expresaron su negativa a declarar. Finalmente, el tribunal dispuso de un cuarto intermedio hasta el 5 de marzo para la próxima audiencia.

El caso

De acuerdo con la acusación fiscal, Cuadri, quien fue secretario privado del ministro de Gobierno salteño Enrique Pfister Frías durante el gobierno de Miguel Ragone, fue detenido en la madrugada del 21 de mayo de 1976 en el marco del allanamiento de su domicilio, en la calle Tucumán 1573. El operativo fue ejecutado a cargo del acusado Guil, sin orden judicial, por personal de la Policía provincial vestido de civil y armado. La víctima fue trasladada a la Central de Policía y allí permaneció privada de su libertad durante veintiséis días, durante los cuales fue sometida a reiteradas sesiones de picana eléctrica y castigo corporal.

El 8 de septiembre de 1976 Cuadri fue detenido nuevamente. La pieza acusatoria refirió que el operativo fue ejecutado en su domicilio, sin orden judicial, y que desde allí Cuadri fue trasladado boca abajo y encapuchado en el piso de un rodado junto a otras personas, hacia un descampado. En ese lugar fue sometido a un simulacro de fusilamiento, para luego ser llevado a la Central de Policía, donde permaneció detenido por 68 días y fue torturado con la finalidad de que aportara datos acerca del paradero de Frías.

Más de dos años después de aquella detención, en los primeros meses del año 1979 personal de la Brigada de Investigaciones de la Policía de Salta practicó un allanamiento en su domicilio particular a raíz de una falsa imputación respecto de un robo ocurrido en la empresa en la cual Cuadri trabajaba como sereno.

El operativo concluyó con una nueva detención y con otro traslado y alojamiento en la Central de Policía, donde nuevamente fue golpeado, torturado -con picana eléctrica y con golpes con trapos mojados- e interrogado sobre Frías, durante 35 días. Según expresó la fiscalía en la acusación, el maltrato físico recibido con el paso de los años le originó a la víctima la pérdida de audición en su oído izquierdo.

En el marco de la investigación, la esposa de la víctima declaró que en todas las detenciones su esposo fue torturado y que al ser liberado tenía escoriaciones, marcas en las piernas, entre otras heridas en el cuerpo. Otros testigos presenciales coincidieron con lo señalado por la víctima en su denuncia respecto a que, cada vez que era detenido, la policía entraba a su casa por la puerta del frente, por atrás y hasta rompiendo las paredes, y que después de esos operativos no se lo veía por varios días. "Los hechos narrados por la víctima se condicen con las características del accionar represivo en ese tiempo, ya que era una práctica habitual el sometimiento al tipo de tormentos detallados en su denuncia", señaló el requerimiento de elevación a juicio.

Rol de los acusados

La fiscalía señaló en la acusación la responsabilidad de Guil en su calidad de director de Seguridad de la policía provincial e indicó que, como integrante de la cúpula policial, ordenó y dispuso de sus subordinados para el allanamiento del domicilio sin orden judicial; la privación de la libertad sin orden judicial; y la imposición de tormentos. “La responsabilidad del acusado Guil encuentra principalmente sustento en el carácter necesario que tenía su posición funcional para el desarrollo del plan criminal”, indicó la fiscalía.

El MPF indicó además que “es necesario reparar en que la propia víctima y los testigos lo sindicaron como la persona que estaba a cargo de los operativos que desencadenaron las detenciones de la víctima”. En este marco, la fiscalía señaló que el acusado tenía “el dominio de los hechos a través del dominio que ejercía sobre sus ejecutores, aun cuando se encontraba en un nivel intermedio del aparato burocrático y jerarquizado que controlaba todas las funciones represivas del Estado, en tanto tenía poder de mando con el Jefe de Policía y sus superiores”.

En relación a Estrada, el MPF sostuvo su intervención en los hechos en su calidad de oficial ayudante del Departamento de Informaciones de la policía provincial. En este marco, destacó la fiscalía, fue acreditada su presencia en el curso de los acontecimientos a partir del relato de la propia víctima, quien lo reconoció como uno de los agentes que habría participado en los operativos que culminaron con las detenciones.

De acuerdo con la declaración de Cuadri citada en la acusación, Estrada fue “uno de los policías que, vestidos de civil, lo secuestraron y torturaron para que dijera en dónde se encontraba Pfister Frías, y también fue incluido en los listados que presentó como represores y torturadores de Salta”.

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