La Municipalidad multó a dos empresas y ordenó remover su cartelería publicitaria

Se trata de POLA S.R.L  y TWISTMEDIA S.R.L, que en un lapso de 10 días deberán cumplir con la normativa y retirar los carteles tipo publicitario y de pantalla de diferentes puntos de la ciudad.

La Coordinadora de Espacios Públicos de la Secretaría de Espacios Públicos Protección Ciudadana de la Municipalidad de Salta, resolvió el retiro inmediato de carteles publicitarios ubicados en la intersección de la Avenida Hipólito Irigoyen y Doctor Mariano Boedo,  Av. Arenales 960 y Av. John F. Kennedy, ruta 51, km 3,5, por incumplimiento a la normativa. 

En caso de la empresa POLA S.R.L representada por el Sr. Santiago Larrieu, por no obtener el certificado de matrícula habilitante del anuncio publicitario ubicado en Avenida Hipólito Irigoyen y Doctor Mariano Boedo. El expediente revela un historial de solicitudes, notificaciones y plazos incumplidos por parte de la firma. A pesar de múltiples intimaciones y oportunidades brindadas, no logró regularizar la situación del cartel. 

Esta medida, de acuerdo con la legislación estable que se deberá proceder al retiro del mismo en un plazo de 10 días hábiles a partir de su notificación. En caso de incumplimiento, se solicitará la colaboración de las dependencias respectivas para llevar a cabo el retiro, con los gastos derivados del procedimiento a cargo del responsable.

Ocurre la misma infracción por parte de POLA S.R.L con un cartel ubicado en Av. Arenales 960, por lo que se ordenó el retiro del cartel tipo pantalla. Se notificó debidamente a la empresa y al responsable del predio CLUB POPEYE y/o a quien resulte responsable de lo dispuesto en este instrumento legal.

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Asimismo, Twistmedia S.R.L, representada por el Sr. Maximiliano Miramontes, también fue multada por cartelería publicitaria tipo pantalla, ubicado en Av. John F. Kennedy, ruta 51, km 3,5 S/N camino al aeropuerto.
 La normativa establece los pasos a seguir para la instalación de cartelería en la vía pública, incluyendo la solicitud de factibilidad, la presentación de documentación técnica y la obtención de autorización.

Sin embargo, la firma no cumplió con estos requisitos, lo que llevó a la emisión de múltiples cédulas de notificación y solicitudes de retiro del cartel.

El conflicto surge al no poder acreditarse la titularidad del terreno sobre el cual se instaló el cartel, una parte pertenece al Estado Nacional Argentino y otra a propietario privado. Ante la situación, las autoridades municipales ordenaron el retiro inmediato del cartel, dando un plazo de 10 días hábiles para su cumplimiento.
La empresa y el propietario del terreno fueron debidamente notificados de esta resolución, pero hasta el momento no se ha cumplido con el retiro del cartel.

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