Argentina05/05/2023

Lavado de Dinero: La Cámara de Casación rechazó dos recursos nuevos de Lázaro Báez y su hijo

El tribunal, que confirmó en febrero la sentencia contra el empresario patagónico, ahora desestimó otras dos presentaciones adicionales de las defensas

La Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal, rechazó dos nuevos recursos que presentaron el empresario Lázaro Báez y su hijo Martín contra las condenas dictadas en su contra por lavado de dinero, en la causa conocida como “la ruta del dinero k”.

En febrero pasado, la Casación confirmó la sentencia del tribunal oral que dispuso penas de prisión contra ambos. Ahora, las defensas presentaron -sin éxito- estos recursos adicionales para intentar otro camino de revisión de sus penas.

Massa ordena investigar operaciones de lavado de dinero con dólares paralelos

Cuando la Casación confirmó la sentencia redujo la pena de prisión de Lázaro Báez de doce a diez años, y la de su hijo Martín, de nueve años a seis años y seis meses. Fuentes judiciales informaron hoy que, como se modificó el monto de la pena, las defensas pidieron una “casación horizontal”; es decir, que otra sala de la Casación revisara el cambio de pena. El otro recurso, también rechazado, estaba vinculado a un asunto técnico-jurídico: pedía que la Casación en pleno resolviera si, tal como sostuvo la mayoría del tribunal que confirmó las condenas, el delito de lavado de dinero debe considerarse un delito continuo.

La causa conocida como “la ruta del dinero k” fue la primera gran investigación de lavado de dinero de los tribunales de Comodoro Py, en la que el Tribunal Oral Federal 4 dictó, hace dos años, una sentencia emblemática, con multas y decomisos sin precedentes.

Redujeron, dos años, de condena a Lázaro Báez

 En febrero pasado, los jueces de la Cámara de Casación ratificaron que existió un lavado de US$55 millones, mantuvieron las condenas de 18 imputados y ordenaron decomisos por US$65 millones, aunque en una decisión dividida, los camaristas Mariano Borinsky y Ángela Ledesma disminuyeron las penas y, en cuanto al delito precedente del lavado, dieron por probado únicamente que el dinero de origen ilícito provenía de hechos de evasión fiscal atribuidos a Báez.

Según el tribunal oral que en 2021 condenó al empresario, fueron dos los delitos de los que provenían los fondos ilícitos: la evasión y también los hechos de corrupción en la obra pública juzgados en la causa Vialidad, por los que en diciembre pasado fueron condenados Báez y Cristina Kirchner.

Fuente: La Nación

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