¡Vamos Gustavo, usted puede!

Los temas que voy a tratar en esta columna ya han sido analizados. En FOCIS fuimos invitados por la Comisión de Justicia de la Convención Constituyente.

Opinión 09/11/2021 Santos Jacinto Dávalos

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Voy a tratar de recapitular lo expresado, pues consideramos fundamental que nuestra comunidad conozca con precisión las debilidades institucionales de Salta, para reclamar su reforma. Aunque para ello seamos reiterativos.

Señor Gobernador: todos sabemos que Ud. tiene en sus manos el resultado final de la Convención Constituyente. Y Ud. sabe que esta reforma es un paso adelante, que realmente significa disminuir el poder. Pero sabe también que es insuficiente, pues deja intactas las estructuras institucionales que permiten los superpoderes del gobernador de la Provincia. 

Hay temas necesarios que Ud. no puede resolver con esta reforma, pues no están habilitados. Necesitamos la revocatoria de mandatos para destituir por voluntad popular, a los altos funcionarios, provinciales y municipales, inútiles o corruptos. También necesitamos habilitar un referéndum que permita que la voluntad mayoritaria de los ciudadanos obligue a convocar una reforma constitucional, que hoy está en manos de menos de un ocho porciento de los electores, que designa doce senadores y el resto de los salteños solo once. El senado no es representativo de la voluntad de todos los salteños. Por ello los acuerdos deben ser autorizados por la Asamblea General.

Ud. sabe que cuando se eligen gobernador, intendentes y concejales, la circunscripción electoral es la provincia y el municipio, respectivamente. Y en esas elecciones, para cada ciudadano, el resultado del voto es también igual. Todos tienen derecho a votar, pero la ponderación, el logro, es  igual.

Pero cuando se eligen diputados y senadores la igualdad del voto, el resultado final de cada voto desaparece y nos encontramos en presencia de una desigualdad totalmente inadmisible, a pesar de que nuestra Constitución Provincial es la que consagra esta desigualdad. Para elegir senador, el voto de los capitalinos vale veinte veces menos que el voto de los pequeños departamentos. En varios Estados de EE.UU., regían principios similares al sistema nuestro. Se promovieron demandas pues se violaba el precepto de la igualdad del voto y la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos les ordenó a cada Estado la modificación de las leyes electorales de modo de que quede garantizada la igualdad del voto. La Constitución Nacional también ordena la igualdad del voto. ¿Será necesaria una actuación judicial para resolver esta desigualdad?

La Constitución Provincial determina que se elijan 60 convencionales constituyentes. El mismo número de diputados. Pero no expresa el modo de elegirlos. Se ha optado por el modo de elección de los diputados, lo que consagra una absoluta desigualdad del voto, y es una de las razones por la que se han iniciado acciones de nulidad de la convocatoria. La Convención puede ser fundante o solo reformatoria. Pero en cualquiera de los casos, la circunscripción electoral debe ser toda la Provincia, pues iguala la importancia del voto de todos los salteños. Señor Gobernador: Ud. tiene la llave para establecer que en las futuras convocatorias a reforma constitucional, sea toda la Provincia la circunscripción Electoral, pues depende de una ley cuya iniciativa está en sus manos. La igualdad del voto depende de Ud.

La democracia participativa que señala el preámbulo de nuestra Constitución, es solo nominal y no efectiva. La iniciativa legislativa y el referéndum dependen de la voluntad legislativa y no de la voluntad del pueblo. El Consejo Económico y Social ve limitado su accionar pues Ud. nombra las autoridades que controlan su funcionamiento. La participación del movimiento obrero es casi nula. Estas anomalías las puede resolver por una ley. Están en sus manos

En los considerandos del proyecto de ley originado en su despacho, Ud. expresa que una de sus finalidades es asegurar la independencia del Poder Judicial. Y esa es la materia que puede y debe ser abordada por la Convención. No solamente los incisos primero y tercero del art. 156.

La reiterada jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación así lo ha resuelto. Por ello, si Ud., que tiene el control de la Convención Constituyente lo autoriza, sus 38 convencionales, podrían transformar a nuestra Justicia decadente, en un ejemplo de Independencia, que es el sustrato de la República.

Ud. puede, como lo hizo De la Sota en Córdoba, ratificado por el actual gobernador, dictar un decreto que establezca que en lo futuro enviará al Senado al primero de la terna elevada por el Consejo de la Magistratura. 

Se evitará así el tironeo que se produce en cada concurso. El más idóneo, es sin duda el ganador.

La designación de los jueces de Corte y del Ministerio Público debe continuar siendo un acto político entre el gobernador y el Poder Legislativo. Pero, como observamos en el derecho comparado, ¿por qué no iniciar un proceso de selección encabezado por Juristas notables y Jueces de Corte retirados de probada experiencia y honestidad?

Ud. sabe que tiene mayoría en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, que reconozco nunca se hizo valer hasta el momento. Pero hay que hacer desaparecer la mera posibilidad de que esto ocurra. Los fiscales, jueces y camaristas deben tener la seguridad de un debido proceso en el Jurado de Enjuiciamiento.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cada estamento no designa un representante, sino cuatro. De los 36 miembros, se sortea en cada caso a uno de cada sector. De ese modo la integración del Jurado no es nunca la misma. Así también ocurre en el Consejo de la Magistratura. La posibilidad de pedir una mano para devolverla oportunamente, desaparece. La selección de los magistrados es más ecuánime y el proceso de destitución más seguro. Debe analizarse si la presencia del presidente de la Corte es necesaria.

El mismo art. 156 a merituarse, estatuye la capacitación de todos los miembros del sistema judicial. ¿Porqué no establecer exámenes cada tres años, o más, para que la Justicia no se apoltrone? Y el reprobado debe ser juzgado por el Jurado de Enjuiciamiento, o, en el caso de las autoridades superiores, el Juicio Político.

Debe establecerse por ley el Código de Ética que ha sido aprobado por Acordada de la Corte y puede ser dejado de lado cuando lo consideren conveniente, Y además crear un Tribunal de Ética, ad honorem, integrado por Jueces retirados.

La duración del mandato de los jueces de Corte está en relación directa con el mandato del gobernador. Dos gobernadores, con doce años de mandato cada uno, han designado dos veces a los jueces de Corte, que por supuesto quieren ver renovado su lugar. De este modo no hay independencia. Si, como parece, se limitará el mandato del gobernador a dos veces continuadas, creo que los jueces de Corte deben durar ocho años como mínimo, con mandatos con vencimientos escalonados, para que el Gobernador no designe a todos sus miembros. Debe aumentarse la edad para ser jueces de Corte o del Ministerio Público.

La independencia presupuestaria, o sea asignarle en la Constitución un porcentaje mínimo del presupuesto, es una garantía más para la independencia del Poder Judicial

La Justicia tiene una pésima imagen. Afirmar su independencia puede contribuir a recuperar la confianza perdida.

La Auditoría no audita, salvo alguno que otro municipio, con descubrimientos sorprendentes de corrupción. Pero a los grandes peces no los molestan. ¿Qué hicieron con la ejecución de los dos grandes préstamos de Urtubey? Los cargos deben ser concursados si queremos un control real y no nominal. Además, se debe permitir su intervención desde el primer momento de una licitación de obra o de servicios o cualquier proceso de compra o asignación de recursos presupuestarios. ¿Para qué nos sirve que la Auditoría controle al final de la obra y descubra que en vez de un pavimento de doce centímetros lo ha realizado de cinco centímetros?

La Auditoría no debe estar en manos de la oposición, que si gana la gobernación pasará ser oficialismo. Debe ser autónoma en todo sentido y la mejor garantía es un concurso transparente. La materia Auditoría está habilitada y Ud. tiene la llave.

Debemos garantizar la honestidad de nuestros funcionarios de los tres poderes, asignando a la Auditoría el control de su patrimonio, con actualización cada año. La Escribanía de Gobierno es solo un amontonamiento de declaraciones juradas y no se sabe quién cumplió y quién no.

Cuando fue candidato a vicepresidente, se lo observó cómodo ante los periodistas de Buenos Aires. Tiene pasta para tirarse a más. Y sé que lo quiere. Pero para ello debe mostrar ante todo el país una gobernación de primera. Y el primer paso para ello es una reforma de primera.

Dios lo guíe.

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