Alberto Fernández presentó la reglamentación de la ley de ampliación de Zonas Frías

El presidente Alberto Fernández anunció la puesta en marcha de la ley 27.637, que amplía el universo de beneficiarios y beneficiarias del Régimen de Zona Fría (RZF), un sistema que permite aplicar tarifas de gas diferenciales e incorpora al beneficio a 3,1 millones de hogares.

Argentina13/08/2021

alberto fernandez

Según se explicó, el régimen disminuye los componentes fijos y variables de la factura del servicio de gas por redes para los usuarios y las usuarias residenciales de “zona fría”, lo que les representará un descuento de entre el 30 y el 50 por ciento.

El beneficio alcanzará ahora al 44% de los usuarios de gas del país,unas 12,8 millones de personas, gracias a la incorporación de más de 60 localidades de las provincias de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta, San Luis, Jujuy, Catamarca, Córdoba, San Juan, La Rioja y Santa Fe.

Al respecto, se indicó que la estimación es que "los hogares de zonas no frías disponen de 7.800 pesos al año más que los de zonas frías como consecuencia de su menor consumo de gas".

Días atrás, el Gobierno creó el Registro Único de beneficiarios y beneficiarias especiales del Régimen de Zona Fría, en el que se incorporará a las usuarias y los usuarios comprendidas y comprendidos en el artículo 4 de la ley, que reduce en un 50% la tarifa del gas, a través del Decreto 486/2021 publicado en el Boletín Oficial.

Además, designó a la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación de la Ley 27.637, que propone una reducción en las tarifas de gas para municipios donde se registran bajas temperaturas.

La ley incorporó al beneficio a más de 60 localidades de Buenos Aires, Mendoza, San Juan, Salta, San Luis, Jujuy, Catamarca, Córdoba, San Juan, La Rioja y Santa Fe

El artículo 4 de la ley de Zona Fría, es el que incorporó una reducción del 50% a los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE), de pensiones no contributivas y jubilados -hasta cuatro salarios mínimos-, del monotributo social, de usuarios que perciben seguro de desempleo y de empleadas de casas particulares.

También a los electrodependientes, a quienes estén exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza o los que tengan una pensión vitalicia como veteranos de Guerra del Atlántico Sur.

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