
La Justicia confirmó fraude y peculado en la gestión del exintendente Ernesto Gonza

El fiscal penal de Impugnación 3, Ramiro Ramos Ossorio, fue notificado de la resolución dictada por la Sala 4 del Tribunal de Impugnación, que hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la fiscal penal de la Unidad de Delitos Económicos Complejos (UDEC), Ana Inés Salinas Odorisio, en el marco de la causa seguida contra Ernesto Fernando Gonza, exintendente del municipio de San Lorenzo, y Sergio Armando.
El Tribunal revocó la sentencia de primera instancia y declaró la responsabilidad penal de ambos acusados por los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública y peculado de trabajos y servicios, cometidos en concurso real.
Asimismo, se ordenó a la OFIJU que, conforme a la disponibilidad del calendario judicial, fije una audiencia de visu a fin de determinar la nueva pena que corresponda imponerles a los condenados.
El 12 de diciembre de 2022, el tribunal colegiado integrado por los jueces Ángel Longarte, Gabriela González y Javier Araníbar había condenado a Gonza a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos y al cumplimiento de reglas de conducta, al considerarlo autor de los delitos de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa (dos hechos) y peculado de trabajos y servicios, en concurso real.
Por su parte, Sergio Armando había sido condenado a dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional y al cumplimiento de reglas de conducta, en calidad de autor del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en grado de tentativa (dos hechos) y partícipe necesario de peculado de trabajos y servicios.
Durante los alegatos, la titular de UDEC había requerido la pena de cuatro años y ocho meses de prisión para Gonza y tres años y seis meses para Armando. Ambas, de cumplimiento efectivo.
En su recurso de casación, la fiscal Salinas Odorisio planteó que los hechos vinculados con las casillas del Plan “Una casa para tu hogar” configuraban delitos consumados, en tanto el perjuicio al Estado se había concretado y no fueron tentativos, como había sostenido el tribunal de juicio.
El Tribunal de Impugnación coincidió con el criterio de la Fiscalía y reconoció la consumación de los delitos, circunstancia que agrava la responsabilidad penal de los condenados.
Por su parte, las defensas técnicas de ambos acusados también interpusieron recursos de casación, los cuales fueron rechazados por el Tribunal.


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