
Inició el juicio contra el cajero de la Caja de Abogados por administración fraudulenta
Judiciales03/11/2025El caso se originó tras la denuncia de irregularidades en el cobro de expedientes por parte de las autoridades de la Caja de Abogados.


El Ministerio Público Fiscal acusa 20 personas de conformar una organización narcocriminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas.
Judiciales02/08/2025El procurador General de la Provincia, Pedro García Castiella, junto a los fiscales Ana Inés Salinas Odorisio, Santiago López Soto y Gustavo Torres Rubelt, integran la Unidad Fiscal que representará al Ministerio Público Fiscal en la audiencia de debate donde serán juzgadas veinte personas -funcionarios del Servicio Penitenciario, internos alojados en la Unidad Carcelaria 1 y familiares- acusadas de conformar una organización narcocriminal que operaba dentro del penal.
Esta Unidad Fiscal fue creada e integrada junto al Procurador General desde el inicio de la investigación, mediante Resolución Nº 1495 en fecha 19 de diciembre de 2023, conforme a lo permitido por el art. 32 inc. 9 de la Ley 7328 (Orgánica del Ministerio Público) que faculta al Procurador a intervenir “en forma conjunta con los fiscales, en las causas de trámite, cuando la gravedad o importancia de aquellas lo justifique”. En atención a la sostenida gravedad institucional, relevancia y trascendencia que tenían los hechos que se estaban investigando -ya que, desde el inicio, los mismos indicaban la presunción de un severo avance de corrupción narco-criminal dentro de una institución estatal- sobre la cual las leyes y la ciudadanía misma confían la seguridad y el cuidado de los derechos de las personas privadas de libertad y la afectación misma de los derechos humanos de los internos, entre otros aspectos. Asimismo, a lo largo de la investigación, se produjeron diversos intentos de amedrentamiento y amenazas sobre testigos, familiares, denunciantes, y sobre las mismas autoridades jerárquicas del Servicio Penitenciario de aquel tiempo.
En la resolución de creación se consignó expresamente que se presentaban dichos requisitos, y que a ellos se sumaba la condición de algunos imputados miembros de la fuerza, y por otro lado “los múltiples efectos que pueden surgir en su tramitación y poner en crisis instituciones claves para el correcto funcionamiento del sistema de justicia”. Por lo se consideró necesario disponer la creación de dicha Unidad e integrar a la misma al Procurador General.
El juicio comenzará el lunes 4 de agosto en la Sala 7 del Tribunal de Juicio del Distrito Centro, integrada por los jueces Federico Diez, Paola Marocco y Javier Aranibar. Se prevé que más de 180 testigos presten declaración a lo largo del proceso.
La Unidad Fiscal acusa a ocho funcionarios del Servicio Penitenciario de Salta, internos penados alojados en la Unidad Carcelaria Nº1 y familiares de estos, de formar parte de una organización narco-criminal que operaba en el Penal de Villa Las Rosas, en la cual cada uno desempeñaba un papel especifico.
La investigación se inició a partir de denuncias anónimas, que señalaban que el personal de la Unidad Carcelaria 1 de Salta estaba involucrado en actividades ilícitas, entre las que se incluían la solicitud de sobornos a cambio de beneficios para los internos, así como la facilitación del ingreso de elementos prohibidos y sustancias estupefacientes al recinto de detención.
Se analizaron más de 50 cuentas bancarias, de las cuales se obtuvo un resultado de más de 1000 transferencias realizadas por familiares de personas privadas de la libertad. Además, se intervinieron más de 20 líneas telefónicas y se recopilaron 90 declaraciones testimoniales durante el periodo investigado, comprendido entre 2021 y 2023.
La Unidad Fiscal concluyó que los funcionarios del Servicio Penitenciario Sergio Moya, Francisco Arturo Bisceglia, Rubén Antonio Guaymás, Luis Roberto Castaño, José Luis Alarcón, Marcelo Olguín Magno, Raúl Antonio Arjona y Marcos Matías Bucotich García con situación de revista en la Unidad Carcelaria 1, habrían exigido indebidamente dádivas a internos penados allí alojados, haciendo uso abusivo de sus cargos y de las atribuciones y potestades que poseían, como así también de su jerarquía y antigüedad. Estas consistían en la entrega de sumas de dinero u otros elementos de valor, a cambio de gestionar o facilitar la obtención de beneficios contemplados en el régimen progresivo de la pena, tales como la elevación de calificaciones en concepto de conducta, la aceleración de trámites para la obtención de salidas extramuros o transitorias, el otorgamiento de salidas a granja, y/o cambios de pabellón, entre otros. Asimismo, se habría permitido el ingreso de otro tipo de elementos no autorizados por el reglamento interno de las Unidades Carcelarias, tales como celulares, cargadores, comidas y bebidas, sustancias estupefacientes y otros objetos, además de protección ante posibles abusos.
Las transacciones se realizaban de forma electrónica o mediante la entrega de dinero en efectivo, a través de encuentros entre los funcionarios penitenciarios y familiares de los internos.
En cuanto a la comercialización de estupefacientes, los investigadores identificaron tres vértices fundamentales para su consumación: la distribución de la sustancia en el interior de la Unidad Carcelaria; los nexos externos que recibían dinero, distribuían y administraban cuentas bancarias, producto de la comercialización de estupefacientes; y la participación y connivencia necesaria de funcionarios públicos, que por omisión o acción, permeabilizaban el sistema de seguridad e ingresaban la sustancia prohibida al establecimiento, brindando seguridad a la organización delictiva.
Sergio Faustino Moya, por los delitos de exacciones ilegales agravadas -concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Francisco Arturo Bisceglia, por los delitos de exacciones ilegales agravadas –concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
José Luis Alarcón, por los delitos de exacciones ilegales agravadas -concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Marcos Matías Bucotich García, por los delitos de exacciones ilegales agravadas concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Raúl Antonio Arjona, por los delitos de exacciones ilegales agravadas -concusión; considerándolo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravada por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Luis Roberto Castaño, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención y cometida por funcionarios encargados de la guarda de presos; y miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Marcelo Olguín Magno, por los delitos de exacciones ilegales agravadas- concusión; y considerándolo miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Rubén Antonio Guaymás, por los delitos de exacciones ilegales agravadas-concusión; considerándolo miembro penalmente responsable por el delito de asociación ilícita, todo ello en concurso real.
Manuel Méndez, por ser coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
María Inés Méndez, considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Héctor Gustavo Banega, por considerarlo coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Ivana Marcela Gutiérrez, por ser considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Nicole Judith Ana Luna, por ser coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Yanina Alejandra Chaju, considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Patricia Daiana Del Rosario Flores, por ser coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Silvana Valeria Avendaño, por ser coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
María Cristina Galindo, por ser considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Josue Joel Valencia, por ser coautor de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.
Baldomero Darío Córdoba, como partícipe necesario penalmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas -Concusión.
Andrea Abigail Alba, por ser considerada coautora de los delitos de comercialización de estupefacientes agravado por la participación de más de tres personas, realizada en un lugar de detención, y ser miembro de asociación ilícita; todo ello en concurso real.

El caso se originó tras la denuncia de irregularidades en el cobro de expedientes por parte de las autoridades de la Caja de Abogados.

El Tribunal de Impugnación coincidió con la Fiscalía y revocó el fallo que había considerado los hechos como tentativa. Ordenaron fijar una nueva audiencia para determinar la pena.

La querella había solicitado la medida por riesgo de fuga, pero el magistrado sostuvo que las cautelares vigentes son suficientes para garantizar la investigación.

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La insólita reacción de los acusados contrastó con la emoción de Gloria Romero, que recordó a Cecilia y mostró sus pertenencias.

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