
Abogada anticipó la judicialización, si IPS les quita la cobertura a los jubilados
Julia Toyos aseguró que la iniciativa “es una locura”, “discriminatoria por vejez” y “vulnera derechos constitucionales fundamentales como el acceso a la salud”.
La Municipalidad de Salta reglamentó el uso de plataformas digitales de transporte, con exigencias para empresas, conductores y vehículos.
Salta22/05/2025La Municipalidad de Salta publicó este miércoles en su Boletín Oficial el Decreto Nº 0262, firmado por el intendente Emiliano Durand, que aprueba la reglamentación de la Ordenanza Nº 16.377, la cual regula el Servicio de Movilidad para Usuarios de Plataformas Digitales de Transporte (SeMUPDiT). La medida formaliza el marco normativo para el funcionamiento de apps como Uber o Cabify en la ciudad, estableciendo requisitos, controles y obligaciones tanto para las empresas como para los conductores.
Según el decreto, el servicio reviste carácter privado de interés público, lo que habilita al Estado a fijar condiciones y ejercer poder de policía sobre su operación. La normativa apunta a garantizar seguridad, eficiencia y equidad con el resto del sistema de transporte impropio, como taxis y remises.
Entre los aspectos más relevantes, se establece que las plataformas deberán habilitarse ante la Municipalidad, presentar documentación legal, protocolos de seguridad integrados al 911, planes de reclamos y sistemas de evaluación y verificación de identidad. También deberán impulsar prácticas de sustentabilidad y capacitaciones con enfoque en género y no discriminación.
Los conductores que deseen prestar servicio deberán contar con licencia profesional, experiencia mínima, certificado de antecedentes penales, título del vehículo, seguro obligatorio y libre deuda. Además, deberán operar exclusivamente a través de cuentas propias en plataformas habilitadas, bajo pena de suspensión o inhabilitación.
En cuanto a los vehículos, se exige una antigüedad máxima de 15 años (10 para motos), revisión técnica vigente y un código QR identificatorio, verificable por usuarios e inspectores. Las motos deberán contar con dos cascos homologados, uno para el conductor y otro para el pasajero.
La autoridad de aplicación realizará inspecciones periódicas, aleatorias y programadas, incluyendo revisión de dispositivos móviles para detectar usos indebidos de cuentas. El control abarcará tanto a los conductores como a las plataformas y vehículos.
El decreto establece sanciones para quienes incumplan las disposiciones, que van desde la suspensión de la habilitación por diez días hasta la revocación definitiva del permiso, en casos de reincidencia o gravedad.
La reglamentación ya está vigente y será implementada por las secretarías de Tránsito y Seguridad Vial, Legal y Técnica y Jefatura de Gabinete. El texto completo del decreto, junto con su anexo normativo, puede consultarse en el Boletín Oficial Municipal.
Julia Toyos aseguró que la iniciativa “es una locura”, “discriminatoria por vejez” y “vulnera derechos constitucionales fundamentales como el acceso a la salud”.
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