
El Gobierno flexibiliza requisitos para fábricas y talleres de armas de baja escala
Argentina09/05/2025La ANMAC dejó sin efecto la obligación de contar con las habilitaciones municipales e inscripciones específicas ante el organismo.
Los productos no contaban con el registro necesario para certificar sus condiciones. Su distribución se impidió en todo el país.
Argentina28/02/2025La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) determinó la prohibición de una serie de aceites de oliva debido a que no cumplían con los requisitos necesarios en sanidad, hecho que ponía en riesgo la salud de los consumidores. Su comercialización se impidió para todo el país.
La medida fue tomada mediante la disposición 1275/2025, que fue publicada hoy en el Boletín Oficial. Allí el organismo también ordenó la retiro de un lote de productos alimenticios por tampoco cumplir con las normativas vigentes.
Respecto a los aceites, subraya que fueron identificados como riesgosos debido a la falta de los registros necesarios y a irregularidades en su etiquetado, motivo que llevó a la administración a tomar la decisión, notificando posteriormente a la empresa fabricante.
Luego de dicha notificación, se procedió a la cancelación de la autorización para comercializarlos en todo el territorio nacional.
La resolución publicada por ANMAT establece: “Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los productos rotulados como: Aceite de oliva - marca Amada Terra Mía, Calidad Superior; RNE N° 02035449; RNPA N° 02700480 y Aceite de oliva - marca Amada Terra Mía, Calidad Superior; RNE N° 13005560; RNPA N° 025-13033228′ en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento".
Luego aclara que la decisión fue tomada "por carecer de registros sanitarios de establecimiento y producto, y por estar falsamente rotulados al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE pertenecientes a otros productos y establecimientos, resultando ser en consecuencia productos ilegales”.
Por otra parte, la disposición 1276/2025, prohibió la "elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, de los productos: Aceite de oliva extra virgen, Fuerte, marca Verona, RNE N° 13000978, RNPA N° 13014197-3; Aceite de oliva extra virgen, Intenso, marca Verona, RNE N° 13006301, RNPA N° 13014199-3; Aceite de uva, marca Verona, Origen Los Tilos 250, Palmira Mendoza, Argentina, RNE N° 13006301, RNPA N° 13014198-3; y Aceite de oliva virgen, marca Bianca, RNE N° 13006315, RNPA N° 13014203-3 en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos números de RNE dados de baja y números de RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales".
“Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República Argentina de acuerdo a lo normado por el Artículo 9°, inciso II de la Ley N° 18284″, justificaron.
Por qué se prohibió la comercialización
La Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de Mendoza realizó una inspección en el domicilio que aparece en el rótulo del aceite de uva de la marca “Verona”.
Allí figuraba que el sitio se encontraba en la localidad de Palmira. Pero al arribar, los encargados de la inspección detectaron que no había ninguna fábrica.
Por otra parte, el Departamento de Rectoría en Normativa Alimentaria del INALL detalló que la medida busca proteger la salud de los ciudadanos, ante la imposibilidad de establecer las condiciones de elaboración de los productos y garantizar el control adecuado, dado que carecen de registros.
La resolución culmina especificando que, para los consumidores, es fundamental reconocer los productos prohibidos y evitar su adquisición. Los artículos alimenticios afectados pueden tener etiquetados erróneos, mientras que los dispositivos médicos, en su mayoría, no cuentan con los sellos de registro obligatorios.
Con información de Ámbito
La ANMAC dejó sin efecto la obligación de contar con las habilitaciones municipales e inscripciones específicas ante el organismo.
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