El Gobierno avanza en la reglamentación del nuevo sistema de VTV

Los cambios que hará el gobierno sobre la Ley Nacional de Tránsito incluirán la nueva Revisión Técnica Obligatoria, entre otras medidas.

Argentina26/02/2025

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La Revisión Técnica Obligatoria (RTO), popularmente conocida como VTV por la sigla de Verificación Técnica Vehicular con la que funciona en CABA y provincia de Buenos Aires, tendría un finalmente una nueva reglamentación y modo de aplicación que se conocerá antes de marzo. Así lo confirmaron varias fuentes del gobierno.

Inicialmente impulsada por el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, esta medida es parte de lo que el funcionario siempre mencionó como la gran “transformación del código de tránsito”, ya que el proyecto incluye otras reformas que van desde la validez de la licencia de conducir hasta los peajes sin barreras que también impulsa el gobierno.

En cualquier caso, todo lo que cambie será una modificación o actualización de la Ley Nacional de Tránsito Nro 24.449, que es la que contiene todas las normativas de la circulación vehicular en el territorio nacional.

La semana pasada se supo que dentro de un decreto que contiene muchas otras modificaciones, y que se encuentra “guardado bajo siete llaves”, se estaba empujando a todas las partes involucradas para llegar con estas medidas antes de fines de febrero. De todos modos, aunque el decreto se publique esta semana, sólo algunas reformas serán de aplicación inmediata y otras tendrán una fecha de vigencia posterior. La VTV es una de las que podría comenzar a regir en 60 días.

Así, el trabajo conjunto entre el ministerio de Sturzenegger, la Secretaría de Transporte de la Nación y la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) podría permitir que finalmente se pueda modificar el régimen por el cual se realizan las verificaciones técnicas obligatorias de los automóviles y motovehículos en Argentina.

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La principal modificación de la RTO es que dejará de ser un trámite que se debe realizar únicamente en dependencias oficiales, ya que quedará habilitado el servicio para ser prestado por concesionarios oficiales y talleres particulares habilitados a tal fin.

En la modificación de la ley, se explicará el proceso al que deben someterse ambos tipos de establecimientos para cumplir con los requisitos de esa habilitación, que les permita revisar los vehículos para circular por todo el territorio nacional, garantizar el correcto funcionamiento de las partes de seguridad y emitir la correspondiente certificación del control.

La segunda reforma tiene que ver con la vigencia de las verificaciones obligatorias, que seguirán existiendo porque son parte de la seguridad vial, y por la cual será necesario hacer el primer control al cumplirse cinco años desde el alta como cero kilómetro. Luego, entre los 5 y los 10 años de antigüedad de la unidad, la RTO deberá realizarse cada 24 meses, y tras cumplirse los 10 años desde el patentamiento del vehículo, la revisión será una vez por año.

En el caso de los vehículos de uso comercial, el primer control técnico deberá hacerse de acuerdo a lo que establezca cada jurisdicción, pero nunca ese plazo podrá ser superior el año.

Con información de Infobae

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