
Los legisladores aprobaron la modificación que prevé que, de acuerdo a la gravedad de la acusación, un juez podrá ser suspendido de sus funciones al momento en que se inicia el jury de enjuiciamiento.


El proyecto fue presentado por el bloque Democracia para Siempre, ante la necesidad de aprobar una serie de proyectos pendientes.
Política20/11/2024
El bloque de diputados nacionales Democracia para Siempre presentó un proyecto de resolución por el cual se dicta la prórroga de las sesiones ordinarias hasta el 31 de diciembre de este año.
“El artículo 63 de la Constitución Nacional establece que ‘ambas cámaras se reunirán por sí mismas en sesiones ordinarias todos los años desde el 1° de marzo hasta el 30 de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones’”, señala el texto presentado a través de un proyecto, que recuerda que “la doctrina ha sido mayormente conteste en interpretar que las cámaras pueden resolver la prórroga de sus sesiones ordinarias, en armonización con las facultades implícitas del inciso 32 del artículo 75, siendo exclusiva la facultad del presidente de la Nación la de convocar a sesiones extraordinarias, sin perjuicio de la letra del artículo 99, inc. 9[1] y 100, inc. 8[2]. Admitir lo contrario, esto es que solo el Poder Ejecutivo puede prorrogar las sesiones ordinarias, llevaría a configurar un caso de explícita vulneración de la interdependencia de los poderes del Estado, subordinando potestades de uno de ellos (en este caso el Legislativo) a favor de otro, en clara contradicción con el sistema republicano que nuestro país ha adoptado desde su origen”, rezan los fundamentos del proyecto de resolución que firmaron los doce diputados radicales.
Firmaron dicho proyecto los diputados Pablo Juliano, Fernando Carbajal, Marcela Coli, Carla Carrizo, Danya Tavela, Facundo Manes, Jorge Rizzotti, Manuel Aguirre, Marcela Antola, Juan Carlos Polini, Mariela Coletta y Melina Giorgi.
Allí se señala que en la práctica no es el Congreso el que dispone la prórroga, sino el Poder Ejecutivo. Y en múltiples oportunidades, a saber: 1986, 1991, 1993, 1995, 1997, 1998. 2003, 2004, 2006, 2007, 2008, 2009, 2013, 2014, 2015, 2020, 2021, 2022 y 2023.
“Es decir que es una práctica suficientemente consolidada que el Congreso tenga prorrogadas sus sesiones más allá del 30 de noviembre; esto quiere decir que tenga plena iniciativa sobre los temas a abordar, a diferencia de los períodos de sesiones extraordinarias en las que el debate se habilita únicamente a la agenda aprobada por el presidente”, agrega el bloque de radicales disidentes.
Luego basa su pedido en que el promedio de leyes sancionadas por año en la última década, se contabilizan 65 leyes por año, bajando mucho la actividad legislativa en los últimos años. Este año se han sancionado 42, por abajo del promedio, pero este número esconde que 32 de estas leyes responden a convenios o acuerdos internacionales (en su mayoría suscriptos por gobiernos anteriores) y 4 conmemoraciones.
En resumen, agrega Democracia para Siempre, “el trabajo genuino del Congreso este año resulta muy por abajo del esperado, de 6 leyes relevantes: 2 vienen de debates de años anteriores (Lavado de activos y Boleta Única), uno es coyuntural (emergencia en Córdoba) y 3 fueron de la agenda exclusiva del Ejecutivo (Bases, Medidas Fiscales y Registro de Datos Genéticos)”.
Al día de hoy existen al menos 17 proyectos de ley con Orden del Día publicada sin contar el Presupuesto General de la Administración para el año 2025 que, pese a haberse iniciado su consideración, no se ha dictaminado al 20 de noviembre, tornando más difícil su sanción definitiva antes del 30 de noviembre, toda vez que aún debe pronunciarse el Senado, precisa en otro de sus párrafos.
Con información de Parlamentario

Los legisladores aprobaron la modificación que prevé que, de acuerdo a la gravedad de la acusación, un juez podrá ser suspendido de sus funciones al momento en que se inicia el jury de enjuiciamiento.

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