La Justicia Federal condenó al Estado a continuar con la entrega de alimentos

La resolución surge como respuesta a una a acción de amparo presentada por el CELS y la UTEP, en representación de comedores comunitarios sin acceso a alimentos desde febrero de este año por decisión del gobierno libertario.

Política01/11/2024

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La sentencia exige a la ministra Sandra Pettovello del Ministerio de Capital Humano a mantener los programas alimentarios ya implementados. Desde el Gobierno, celebraron la definición a través de un comunicado oficial: "Este fallo refuerza la misión que viene desarrollando desde el primer día el Ministerio de Capital Humano: actuar con responsabilidad en la distribución de los recursos públicos y asegurar que los programas sociales estén diseñados para beneficiar de manera directa y progresiva a quienes más los necesitan".

El juez federal Walter Lara Correa emitió un fallo de fondo de 129 fojas donde reafirmó el derecho a la alimentación de las personas vulnerables en Argentina. De esta manera, la decisión de la Justicia instó al Gobierno a continuar con la entrega de alimentos a comedores y merenderos del país.

"Es importante subrayar que no se está ordenando un gasto no presupuestado o se esté modificando la programación presupuestal definida por el Legislador. Tampoco se está delineando una política, definiendo nuevas prioridades, o modificando la política diseñada por el Departamento Legislativo y puesta en marcha por el Poder Ejecutivo Nacional", señaló Lara Correa en el texto.

En su fallo, el juez destacó el "reconocimiento del derecho a la alimentación". En este sentido, remarcó que los comedores y merenderos constituyen "instrumentos para la satisfacción del derecho" en los sectores más vulnerables de la sociedad.

“Los principales beneficiarios de este derecho son las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores y personas con discapacidad”, agregó.

La resolución de la Justicia pone el foco sobre las políticas alimentarias de la cartera conducida por Pettovello. En este sentido, remarca que iniciativas como “Programa Abordaje Comunitario PNUD ARG 20/004″, el “Programa Prestación Alimentar”, el “Plan Nacional Argentina Contra el Hambre” y el “Programa Alimentar Comunidad", deben continuar ejecutándose "en línea con el principio de no regresividad".

Actualmente, hay dos procesos judiciales abiertos contra la flamante ministra del gobierno de Javier Milei, quién durante el año fue muy criticada por acopiar - hasta casi su vencimiento - 6 mil toneladas de alimentos. Además del caso al que alude el mencionado fallo, Pettovello también afronta una denuncia en el fuero penal, donde es investigada por "incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y abuso de autoridad" donde los magistrados de primera instancia, Cámara de Apelaciones y Cámara de Casación Penal coincidieron en que el ministerio debía repartir la comida.

La respuesta del Gobierno sobre el fallo del juez

Desde el Gobierno emitieron un comunicado oficial sobre el fallo de Lara Correa. Según detallaron, la decisión ratificó la "legalidad y el enfoque progresivo de las acciones desplegadas por el Ministerio de Capital Humano".

"La decisión judicial consolida la continuidad de los procedimientos de asistencia alimentaria que se venían realizando y refuerza el compromiso del Ministerio de gestionar recursos públicos de manera responsable y de garantizar que los programas de asistencia lleguen directamente a quienes más lo necesitan, sin intermediarios, consolidando así una política de equidad y transparencia", explicaron.

El oficialismo aseguró que la sentencia establece que el ministerio actuó "dentro del marco normativo vigente, fomentando la continuidad y el mantenimiento de los programas sociales". Además, también afirmaron que el magistrado convalidó la postura del Ministerio de Capital Humano al "cuestionar al RENACOM como una herramienta de política pública fiable".

En su fallo, Lara Correa instó al Gobierno a depurar el padrón del Registro Nacional de Comedores y Merenderos Comunitarios (ReNaCoM).

"La sentencia determina que los titulares del derecho a la asistencia alimentaria son directamente las personas, y no los intermediarios, promoviendo un acceso directo y transparente a los recursos", respondieron desde La Libertad Avanza.

"En su pronunciamiento, el juez fue contundente: el Ministerio de Capital Humano ha cumplido en todo momento con los procedimientos legalmente establecidos y no ha incurrido en incumplimientos de las normativas vigentes", concluyeron.

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