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El DNU, que entrará en vigencia a partir del octavo día desde su publicación en el Boletín Oficial, está ‘flojo de papeles’, en términos legales, y podría ser rechazado por la Corte Suprema.
21/12/2023
En diálogo con Aries, al abogado constitucionalista y secretario Jurídico de la Universidad Nacional de Salta, Sebastián Aguirre Astigueta, apuntó contra el Decreto de Necesidad y Urgencia anunciado por el Presidente Javier Milei, al cual categorizó como “una medida sin precedentes en ningún país del mundo”, por derogar 300 leyes sin pasar por el Congreso.
“Leyes que tienen que ver con la vida personal de las personas, ya no solamente con el empleado público, sino con el privado”, reparó el letrado, sobre las posibles consecuencias en su implementación.
Según lo explicó, la medida contradice la Reforma Constitucional del 1994 que limitó las facultades del presidente en materia legislativa, ya que en su artículo 99 establece que solo puede hacer uso de ellas en “circunstancias absolutamente extraordinarias, -como podría ser una guerra-, y aun así, bajo pena de nulidad absoluta e insanable”, para luego ser presentadas ante el Congreso. Aunque esto no ocurrió todavía.
Según lo analizó Astigueta, el DNU podría tener un error técnico al no especificar la fecha de entrada en vigencia, por lo que según el régimen general, recién lo hará al octavo día desde su publicación en el Boletín Oficial.
“Pero van a pasar muchísimas cosas en ocho días, entre ellas, que cada sector afectado vaya a la justicia y plantee que se debe comprobar que el decreto mismo en la prueba y todos sus expedientes, estén vinculados efectivamente a una situación de emergencia y urgencia”, agregó.
Además, dada la gravedad institucional del caso, advirtió que “aquellos que logren obtener una medida cautelar podrían abrir la puerta a la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.
“Se trata de un tema demasiado importante a nivel constitucional donde se está cambiando de raíz el sistema jurídico argentino en todos los campos, no solamente en aquellos en los que un presidente podría intervenir como es una reforma del Estado, sino que toca aspectos legislativos, como la promoción industrial y los tributos”, argumentó.
Y terminó, “es muy grave que se diga que el Congreso no puede trabajar y por eso no vio el DNU y por otro lado se lo convoca a trabajar de manera urgente en temas netamente legislativos, como el Impuesto a las Ganancias".

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