Abstención
La emergencia de la salud en la Provincia excede los límites de la generada por la pandemia de Covid 19. El dato no es novedoso pero sí resulta preocupante y ello ha quedado expuesto en el debate de la Cámara de Diputados de este martes, durante el que se dio media sanción a la prórroga requerida por el Ejecutivo Provincial, apoyándose en los mismos fundamentos de marzo de 2020.
El proyecto girado a la Legislatura repitió el formato de dos leyes anteriores, cuando ni el oficialismo podía reconocer que las razones que generaron la emergencia sanitaria declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia 250 se mantienen casi quince meses después. Es cierto que hay déficits en distintos sectores de la prestación del servicio de salud y también que los mismos crean situaciones de riesgos similares a las determinadas por el virus, pero debieran haberse expresado en los fundamentos de la emergencia que se pretende mantener.
Con razonabilidad, algunos legisladores hicieron notar que la prórroga que se está aprobando implica sostener las facultades extraordinarias que la ley 8188 le da al Comité Operativo de Emergencia, cuyas decisiones pueden llegar a la restricción de libertades, como ya ha sucedido. Eso se justificaba cuando los contagios de coronavirus se contaban por miles cada día y las muertes por decenas. No es el caso cuando las últimas resoluciones del COE reconocieron en mayo pasado que, aún frente a una cuarta ola, las condiciones aconsejaban retomar una vida casi normal.
Quienes demandaron mayores explicaciones, propusieron que se invite nuevamente a la Cámara al Ministro de Salud y pidieron la vuelta a comisión del proyecto, subrayaron que el titular de la cartera tiene la facultad de reasignar recursos humanos y también efectuar nombramientos, medida que es reclamada desde distintos puntos del territorio provincial con resultados infructuosos hasta el momento.
Como si ello no fuese significativo, se destacaron los problemas que generan la falta de personal de salud, de insumos, equipamientos y recursos financieros para cubrir diversas contingencias, cuando precisamente la emergencia que se busca prorrogar le da al Gobernador de la Provincia la posibilidad de redireccionar partidas presupuestarias y efectuar contrataciones abreviadas, eludiendo la convocatoria a licitaciones.
Hubo reproches a la demora en su remisión, cuando por su contenido e interés debieran ser objeto de un análisis más profundo mientras hubo quienes demandaron que se aplique la emergencia sanitaria en los lugares donde hay mayores necesidades. Pese a la resistencia que el proyecto que se trató sobre tablas generó en diputados de bloques saencistas y las críticas que desde allí se formularon, nada torció el rumbo del proyecto. La aplastante mayoría oficialista acompañó la iniciativa, nadie votó en contra pero hubo cinco abstenciones.
La abstención es una práctica parlamentaria que está incluida en el Reglamento Interno del cuerpo. Es una forma en la que el legislador expresa su voluntad, diferente al voto en sentido afirmativo o negativo. Esta opción voluntaria de participar en una votación parlamentaria sin estar a favor ni en contra, está citada en el artículo 165 de dicho Reglamento, que exige que se requiera el permiso de la Cámara para abstenerse.
Aunque pareciera que no tiene significación, es un pronunciamiento que debe considerarse, como el voto en blanco en una elección general. Las señales políticas deben atenderse.
Salta, 15 de junio de 2022
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