Opinión18/06/2026

Cimiento

En un tiempo de baja calidad institucional de la democracia argentina, el Congreso se apresta a estrenar la moción de censura. Es un recurso incorporado a la Constitución Nacional en la reforma de 1994.

El proceso que se pretende iniciar apunta a darle otro cariz a la situación generada por presuntas irregularidades en el incremento patrimonial del Jefe de Gabinete, que están siendo objeto de tratamiento en el ámbito judicial. Más de cien días de permanente exposición mediática de los detalles de la cuestión y el férreo apoyo en torno de la figura de un empinado funcionario del gobierno nacional, es el Poder Legislativo el que está siendo acorralado por una opinión pública que le ha comenzado a demandar definiciones.

Es el Congreso el que está facultado a exigir la responsabilidad política y remover al Jefe de Gabinete de Ministros. El procedimiento está establecido en el Artículo 101 de la Constitución Nacional y prevé dos etapas, que obligan a la interpelación previa a la moción de censura. 

La interpelación no solamente opera si la pretensión es avanzar a la remoción  Es una herramienta de control político que puede funcionar cuando los legisladores de cualquiera de las dos cámaras mayoritariamente demandan la presencia del funcionario para que acuda al recinto a brindar explicaciones formales sobre actos de gobierno, políticas públicas o temas específicos de su gestión. Sin embargo, tampoco es un recurso que se use de manera frecuente; el oficialismo -cualquiera sea su signo político- suele resistirse a poner un ministro en ese ese proceso y mucho menos, como en este caso, al Jefe de Gabinete que es el único que puede ser sometido a una moción de censura durante su interpelación.

En el caso de una remoción, los requisitos son muy estrictos respecto de los votos exigidos para su aprobación. Demanda el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cualquiera de las dos cámaras. Solo la gravedad de los hechos que tienen como protagonistas a Manuel Adorni están animando al oficialismo y sus aliados a considerar la procedencia de un recurso que se torna extremo ante la cerrada postura del Presidente de la Nación, de no separar del cargo a un personaje que está siendo investigado por el fuero penal.

Esa actitud seguramente está condicionado a senadores y diputados respecto de poner en funcionamiento un recurso incluido en la Constitución precisamente para acompañar a la resolución de crisis políticas, sin que se dañe la figura del Jefe de Estado. En un sistema hiperpresidencialista como el argentino, el voto de censura ayuda a esta resolución para poner a resguardo al presidente quien, según algunos especialistas, podría volver a nombrar al Jefe de Gabinete removido.

Sin embargo, libertarios y otros sectores políticos que suelen votar de manera concurrente están buscando algunos atajos para no vulnerar la voluntad de Javier Milei, quien participará el próximo sábado en Rosario de los actos centrales en homenaje a la bandera y a su creador Manuel Belgrano, acompañado por el cuestionado funcionario.

Las demoras en resolver esta cuestión es lo que denota que, en definitiva, el sistema institucional queda sujeto al interés de quien ejerce el poder y no opera en función del interés general. En tanto, se nota una parálisis en el avance de proyectos sustanciales para el ordenamiento de la vida nacional.

No hay modo de pensar en solucionar las urgencias de la sociedad si no se defiende la integridad de ese sistema que es el cimiento de la democracia del país.

Salta, 18 de junio de 2026

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