Política Por: Ivana Chañi20/11/2025

“La Constitución habilita la reelección de Sáenz”, aseguró el ex procurador del Tesoro

El exministro de Justicia y exprocurador del Tesoro, Rodolfo Barra, analizó el alcance de la reforma constitucional de 2021 y sostuvo que el período iniciado en 2023 cuenta como “primer mandato” bajo la nueva norma.

El exministro de Justicia de la Nación y exprocurador del Tesoro, Rodolfo Barra, sostuvo —en diálogo con Aries— que el gobernador Gustavo Sáenz está constitucionalmente habilitado para postularse a un nuevo mandato en 2027, según la interpretación jurídica derivada de la reforma constitucional realizada en Salta en 2021.

Barra recordó que la reforma aprobada en 2021 —cuando Sáenz ya ejercía como gobernador— estableció un límite de dos mandatos consecutivos, pero sin incluir una cláusula transitoria que definiera el alcance sobre los períodos en curso. Para el jurista, esa omisión no fue accidental: “El silencio también puede ser afirmativo. No puede presumirse una omisión involuntaria del constituyente”.

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Con ese criterio, explicó que la aplicación de la nueva Constitución rige a partir del siguiente período posterior a la reforma, es decir, el iniciado en 2023. “Ese es el primer mandato conforme a la nueva Constitución. Por lo tanto, el período 2027-2031 sería el segundo mandato habilitado por la norma”, señaló.

El exministro también repasó cómo otras provincias y la Constitución Nacional resolvieron transiciones similares mediante cláusulas específicas, lo que en el caso salteño no ocurrió. “No se quiso establecer un sistema de transición. La nueva Constitución se aplica a partir del mandato que comienza luego de su sanción”, enfatizó.

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Barra agregó que los estándares internacionales en derechos humanos —que integran la Constitución Nacional desde 1994— también respaldan la interpretación favorable al derecho a ser elegido. Citó el artículo 23 de la Convención Americana, que establece que la ley solo puede limitar la candidatura por criterios objetivos como edad, nacionalidad, residencia o condena penal.

“Las restricciones deben ser excepcionales, y siempre respetando el derecho electoral pasivo”, sostuvo.

Consultado sobre eventuales planteos judiciales, el exministro afirmó que es probable que la discusión llegue a tribunales si Sáenz decide competir nuevamente. Sin embargo, consideró que la revisión nacional solo sería posible en caso de afectación al sistema republicano, algo que —según aclaró— no se configura aquí. “La Corte solo interviene ante reelecciones indefinidas. Este no es el caso”, explicó.

Finalmente, Barra destacó que la propia Corte de Justicia de Salta ya emitió una opinión preliminar en la misma dirección, aunque aclaró que la definición final dependerá de la judicialización y del voto popular. “Primero está la decisión del interesado y, después, el voto del pueblo, que es soberano”, concluyó.

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