Opinión15/10/2024

Tarifas

Las tarifas de servicios públicos aparecen como un tema sobre el que siempre se concentra la atención de prestadores, usuarios y especialistas.

Tiene una gran complejidad y no se trata precisamente de valores  sobre los que se pueda intervenir sin generar distorsiones de fuerte impacto social.

Ello da cuenta de la importancia de la ley 8457, que fue sancionada recientemente en la Provincia, que  establece límites a las actualizaciones tarifarias para los servicios de energía eléctrica y agua potable y saneamiento, en función del Índice de Precios al Consumidor. En principio, la decisión fue planteada como una medida con contenido social, tratando de acompañar la situación de los presupuestos familiares sometidos también a un fuerte ajuste, especialmente en las franjas que ya vienen empobreciéndose en los últimos años.

A fin de tratar el alcance de esta norma, que tiene como fin “proteger a los usuarios y garantizar una real capacidad de pago considerando el contexto inflacionario que afecta a la población”, según lo aprecia también la agenda reguladora, es que se han convocado a sendas audiencias públicas. La convocatoria ha sido realizada por el Ente Regulador de Servicios Públicos para el jueves 7 de noviembre, en el caso del servicio de EDESA  y viernes 8 por el servicios de Aguas del Norte.

A partir de la sanción de la ley referida hay un camino a recorrer que es muy importante por cuanto debe ser reglamentada, especialmente en lo referido a las atribuciones del ENRESP como autoridad de aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor. También seguramente deberán puntualizarse los procedimientos para la determinación de los ajustes en función de la progresividad de su aplicación durante el año. 

Al margen de otras cuestiones vinculadas a la caracterización de cada uno de estos servicios, necesariamente también se tratará un punto de importancia radical que es planteado como “medidas preventivas y de contingencia a implementar” para el caso de EDESA  y la presentación del plan estratégico del servicio de agua potable, que se vinculan a la calidad de prestaciones que viene siendo seriamente cuestionadas en distintas áreas del territorio provincial.

Esta convocatoria se da de manera casi simultánea con una decisión del Gobierno Nacional, que hace referencia “a la positiva reacción de la economía a las acciones implementadas por el Ministerio de Economía y la notoria desaceleración inflacionaria”. Son las razones que expone una resolución del Ente Regulador nacional publicada este martes por la que se suspende la audiencia pública que había convocado para el 5 de noviembre próximo para fijar los valores de las tarifas que deben aplicar las transportadoras de electricidad en el quinquenio 2025-2029, que por supuesto  tienen incidencia en el costo de las facturas de los usuarios finales.

De lo que se trata es de la suspensión del inicio del Proceso de Revisión Quinquenal de Tarifas, pero no impide la aplicación de un último aumento tarifario, que incluye  la actualización en los costos del transporte, en casi un 3% a partir de este mes. Al igual que la reducción del precio de los combustibles, por la caída de los valores internacionales del petróleo que apenas percibió el bolsillo del consumidor, la suspensión de esta audiencia no se verá reflejada en las facturas de los salteños.

Si serán importantes las audiencias que convocó el ente provincial y debiera motivar la participación ciudadana. Es una oportunidad de acceder a información clara y precisa, que explicará luego qué se paga por dos servicios esenciales.

Salta 15 de octubre de 2024

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