
La decisión de Casación ratificó la postura del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) como criterio.
Por Aries, la electa Convencional Constituyente e integrante del FOCIS cuestionó la tarea de la Corte de Justicia en tanto que no resolvió dos pedidos de inconstitucionalidad presentados en relación a la ley que declara la necesidad de reformar la Constitución salteña.
Política23/09/2021Por Aries, la convencional constituyente y miembro del FOCIS, Sonia Escudero, explicó que hasta el momento se presentaron dos amparos solicitando la inconstitucionalidad de la ley que declaró la necesidad de la reforma de la Constitución salteña; las acciones se presentaron en marzo y en abril, señaló.
“Esas dos acciones no fueron resueltas y son temas vitales para la validez de lo que se apruebe en la reforma. ¿Qué estuvo haciendo la Corte que no resolvió esto?”, cuestionó.
Para Escudero, lo sucedido desnuda la inconsistencia del argumento que ponderó la ampliación de la Corte salteña – de siete a nueve miembros – respecto a la celeridad con la que se iban a resolver los temas.
“El Gobernador nos prometió que una Corte de nueve miembros iba a ser más rápida y no es así; esto demuestra que nueve miembros es un disparate, la falta de independencia de los jueces y que no puede ser que el Tribunal Electoral sea la Corte; ahora se llevará adelante un proceso sin haber resuelto si esto es constitucional o no”, explicó Escudero.
Señaló, en este sentido, que uno de los amparos en cuestión apunta al modo en el que se eligen los Diputados ya que – entienden desde el FOCIS, dijo – que esta forma viola el artículo que establece la igualdad de derechos políticos. Así, apuntó, en Salta, los ciudadanos de grandes centros urbanos están subrepresentados, mientras que las personas de lugares poco poblados están sobrerepresentados.
“Con este desbalance se van a aprobar temas importantes para la Constitución”, advirtió la abogada y señaló que el otro amparo en cuestión plantea que la ley que declaró a la necesidad de la reforma no cumplió con la Constitución porque no se fijaron las materias sobre las cuales se va a debatir.
Para Escudero, lo descripto hace parecer como que el Poder Legislativo tiene la potestad de decidir cuál es la reforma que se va a hacer; mientras, la Convención Constituyente es soberana y debe resolver las materias que la ley establezca.
“Como aquí no hay materias, tendremos que interpretar cuáles son las materias que están consignadas en los artículos autorizados”, sentenció.
La decisión de Casación ratificó la postura del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el índice de precios al consumidor (IPC) como criterio.
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