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Será obligatorio declarar los contratos ante el organismo recaudador y hay preocupación entre los propietarios. Advierten que pueden subir los precios.
Argentina19/02/2021A partir de la reglamentación de AFIP sobre la inscripción de los contratos de alquiler en ese organismo, se generó confusión entre los propietarios de inmuebles que hasta ahora no pagaban Impuesto a las Ganancias sobre ellos.
Si bien los alquileres están alcanzados por ese tributo desde siempre, los usos y costumbres indicaban que los locatarios muchas veces no declaraban el alquiler ante AFIP y evitaban pagar el impuesto. Ahora, será obligatorio informar el contrato y emitir la factura mes a mes. Desde el sector advierten que subirán los precios y se expandirán los contratos informales.
Blanqueo de alquileres
El tributarista Daniel Lejtman, en diálogo con Arriba Argentinos, explicó: “En rigor, no hay ningún nuevo impuesto. Crea la obligación de declarar esos alquileres en un registro en línea. Hasta ahora eso dependía de las facultades de fiscalización de AFIP ver si esos inmuebles estaban ocupados o, si el contribuyente tenía varios inmuebles, tenía que ver qué destino le daba a cada uno”.
Y agregó: “Ahora, con la información que va a tener en su poder a partir de la vigencia de este nuevo régimen, va a tener la información más a mano para cobrar los impuestos a quienes alquilan. En rigor, va a formalizar mucho de lo que hasta ahora no pagaban impuestos por los alquileres”.
Consultada por TN.com.ar, María Paula Veliz, analista del estudio Sasovsky & Asociados, completó: “Desde el momento en que se estableció la posibilidad de deducir de Ganancias un 40% de los alquileres, muchos inquilinos reclamaron las facturas por los pagos mensuales y eso forzó a blanquear locaciones que se encontraban en negro”. De todos modos, reconoció que es muy probable que “los pocos contratos que quedaban sin declarar comiencen a ser registrados y, si el propietario no abonaba ningún impuesto, tenga que comenzar a hacerlo”.
Aumentarían los precios
Otros colegas consultados por TN.com.ar coincidieron en el diagnóstico. Guillermo Pérez, socio de GNP Group, alertó sobre la suba de precios que puede acarrear esta suerte de blanqueo de alquileres.
“Por alguna razón de mercado, hay una concepción muy generalizada por la cual los alquileres no eran declarados por locadores. Es una cuestión de usos y costumbres. Eso, al manejarse de esa manera, ha definido el precio de los alquileres. Si el locador no paga Impuesto a las Ganancias, no es un gasto que se cobre sobre el alquiler”, indicó Pérez.
Al declarar el alquiler ante AFIP, el locador tendrá la obligación de facturar y tributar Ganancias sobre la renta percibida. Para pagar este último impuesto, lo hará según la alícuota con la que ya abona el tributo por sus otros ingresos. “Si fuera el 35%, que es la tasa máxima y esa persona tiene alquilado un departamento por $30.000 por el que no pagaba ganancias, al tener que pagar le quedará un neto de $20.000 porque el resto irá al impuesto. ¿Qué va a hacer el locador? Va a aumentar el precio final para conservar el mismo alquiler neto”, expresó Pérez.
Si el locador no está inscripto en Impuesto a las Ganancias, tendrá que inscribirse y pagar el monotributo. “Sería el caso de un empleado en relación en dependencia o jubilado, por ejemplo. Ahí tendrá que pagar el monotributo mensual de acuerdo al monto del alquiler. En un alquiler de $30.000, pagaría $556 mensuales”, indicó Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios.
Y agregó que también habrá que pagar impuestos provinciales. “En el caso de ingresos brutos en la Ciudad de Buenos Aires, este año están exentos los alquileres de hasta $30.000. Si supera ese monto, el locador tendrá que abonar 1,5% del alquiler mensualmente y presentar una declaración jurada”.
Por su parte, Veliz recordó que para inscribirse en el monotributo “hay que considerar que la totalidad de la facturación anual no debe superar los $1.739.493,79 y, además, los propietarios no deben tener más de tres unidades de explotación o más de tres actividades económicas desarrolladas”.
Informalidad y multas
Otro de los puntos de la reglamentación indica que, aunque los locadores son los responsables de informar a AFIP, los locatarios tienen la posibilidad de hacerlo hasta 6 meses después de finalizado el contrato. En ese caso, el propietario se expone -según explicó Pérez- a un reclamo por parte del ente recaudador por el impuesto no pagado, los intereses resarcitorios y las multas.
En el caso de los contratos que se mantenían en la informalidad por un acuerdo entre partes, Domínguez consideró que la reglamentación no trajo grandes cambios. “El propietario no entregaba factura y el inquilino no se la pedía. Si ambos siguen de acuerdo en eso, el locador no va a registrar el contrato y el inquilino no lo va a informar. Ahora bien, si el inquilino lo informa, deja expuesto un alquiler no facturado. Hasta ahora, antes de la vigencia de la Ley no existía este registro pero la situación era muy parecida. Se podían poner de acuerdo para no facturar pero si el inquilino quería denunciarlo ante AFIP, podía hacerlo igual”, indicó.
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