
Derecho a la salud por sobre la rentabilidad: fallo contra obra social sienta precedente
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
Dijo que sólo recuerda haberse visto intentando ponerse una soga atada a la ventana. Pero los médicos descartaron alteraciones físicas o mentales severas, y seguirá preso.
Judiciales25/02/2020
El 29 de diciembre de 2015, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 2 condenó a 21 de los 28 acusados por la tragedia ferroviaria de Once, ocurrida en 2012. En ese momento, el ex secretario de e Transporte Ricardo Jaime fue condenado a 6 años de cárcel, al ser considerado partícipe necesario de administración fraudulenta. Sin embargo, cuando la Cámara de Casación confirmó la acusación, elevó su pena a ocho años. Desde entonces, y con otros procesos en su contra, en reiteradas oportunidades el ex funcionario requirió la prisión domiciliaria, sin éxito. Ahora volvió a hacerlo, aduciendo que sufrió un "shock psicotraumático" y que habría querido atentar contra su vida. La Justicia ordenó un tratamiento de "salud mental" en prisión.
El 3 de abril de 2016, Jaime fue el primero de los ex funcionarios kirchneristas en quedar detenido. La orden la dictó el juez Julián Ercolini en el marco de una investigación por enriquecimiento ilícito. Desde entonces se encuentra en el Penal de Ezeiza, mientras enfrenta un juicio donde se le acumularon cinco acusaciones, entre ellas la de dádiva, delito que él admitió ante la Justicia cuando buscó acceder a un juicio abreviado.
Después vino la condena por la tragedia de Once. Y nuevos pedidos de Jaime para obtener la prisión domiciliaria. En el último de ellos, presentado la semana pasada ante el TOF 2, su requerimiento se basó en un conjunto de argumentos singulares.
En primer lugar, la defensa sostuvo que Ricardo Jaime padecía ciertas afecciones, y al momento de enumerarlas indicó que tiene una "arritmia cardíaca, producto de lo cual se le autorizó el ingreso de un aparato digital a fin de medir su presión arterial", señala el escrito al que accedió Clarín.
La defensa también remarcó que el único control médico integral realizado a Jaime por parte del Cuerpo Médico Forense había sido en 2016. Recordó la necesidad de controles como una radiografía de pulmones "por la existencia de una lesión, el cual habría dejado de realizarse desde su detención".
Pero el escrito fue más allá. Se centró entonces en otro tipo de patologías para solicitar la prisión domiciliaria. El abogado defensor indicó que el ex secretario de Transporte de Néstor y Cristina Kirchner, "sufrió un shock psicotraumático por el cual quedó en un total estado de abandono y vulnerabilidad del que no recuerda sustancialmente lo que sucedió". Según explicita el planteo, "estuvo inconsciente y sin posibilidad alguna de ejercer control sobre sus actos".
Al dar más detalles de dicho cuadro, la defensa indicó: "(Jaime) recuerda haberse encontrado en su celda intentando ponerse un pequeño lazo que había hecho en una soga delgada atada a la ventana". No dio más especificaciones, y con ello concluyó su pedido de prisión domiciliaria.
A raíz de estos planteos, el TOF 2 ordenó un amplio estudio pericial sobre la salud del ex funcionario K como también un análisis socioambiental, que incluyó un estudio psicológico y psiquiátrico. Las conclusiones de los especialistas distaron mucho del cuadro planteado por el abogado defensor.
El doctor Maximiliano Luna expresó: “De la evaluación psiquiátrica del causante surge que el evaluado padece de un cuadro psicopatológico compatible con síndrome depresivo reactivo a su situación de detención sin manifestaciones signo – sintomatológica de trastornos orgánico cerebral, presentando preservadas sus facultades mentales en el marco del ciclo evolutivo que cursa”.
El especialista agregó que "al momento Ricardo Jaime no presenta síntomas de alteraciones psicopatológicas que configuren un tipo de trastorno mental psicótico ni de déficit cognitivo, por lo tanto desde el punto de vista médico legal sus facultades mentales se encuentran conservadas”.
El examen pericial psicológico a cargo de la doctora Mónica Herrán concluyó que del análisis efectuado al ex funcionario K "no surgen datos que den cuenta de alteraciones de tipo psicótico; No se observan elementos compatibles con alteraciones sensoperceptivas; el caudal de agresividad se halla contenido y sin indicadores psicopatológicos de peligrosidad actual e inminente para sí o para terceros. El rendimiento en el material neurocognitivo no permite inferir déficit cognitivo de significación patológica".
La especialista señaló también que del estudio efectuado, "no se constata de pérdida en el juicio de realidad así como tampoco en la posibilidad de auto valía e independencia psíquica; Presenta indicadores de cuadro depresivo reactivo a su actual situación el cual puede ser tratado terapéuticamente intramuros si así lo estima disponer el Tribunal”.
En lo concerniente a sus problemas cardiológicos, el informe del Cuerpo Médico Forense explicó que Jaime "posee cardiopatía hipertensiva y valvular con leve compromiso hemodinámico y del examen neumonológico se constató que presenta un examen de dicha especialidad con mínimas alteraciones clínicas relacionadas a su hábito de tabáquico".
Frente a este informe médico, el TOF 2 remarcó que ante el cuadro de situación explicado por los médicos, el estado de Jaime "no resulta suficiente para que los solicitantes se hagan acreedores automáticamente del beneficio" de la prisión domiciliaria.
Para el TOF 2, "puede descartarse de plano que (Jaime) posea una enfermedad que producto de su encierro le impida recuperarse o tratar adecuadamente". Es decir, puede recibir la adecuada asistencia médica en el Penal de Ezeiza.
En este sentido, el Tribunal concluyó que no hay nada en sus análisis que sostenga que Jaime "se encuentre ante una enfermedad que no pueda ser atendida intramuros que justifique la aplicación" de la prisión domiciliaria.
La conclusión de los jueces al rechazar la prisión domiciliaria fue que el ex funcionario K debe continuar detenido y que mensualmente deben remitirse estudios médicos que se le realicen y que se inicie un "tratamiento de salud mental del cual deberá remitir informes mensuales donde conste los resultados de dicho tratamiento como también que, en caso de ser necesario, se le brinde la medicación pertinente".
Fuente: Clarín
El fallo es de la Cámara Civil de Apelaciones de Río Gallegos sobre el pedido por el tratamiento de un menor de edad.
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