
La Sala II Civil y Comercial apeló a la "probidad" profesional y notificó al Colegio. A la vez, el juez advirtió sobre las "alucinaciones" que pueden producirse en estos casos.
La Fiscalía Penal Juvenil instó a las autoridades del establecimiento educativo a emitir un informe respecto al abordaje institucional del conflicto.
Judiciales26/08/2025La fiscal penal juvenil 2 interina, Carolina Mateo Bellini, intervino en una causa que involucra a dos estudiantes de nivel secundario que sostuvieron una pelea en la vía pública.
El hecho se conoció a partir de la viralización de un video en redes sociales, en el que se observaba a dos adolescentes enfrentándose físicamente. Ante esta situación, la Fiscalía Penal de Rosario de Lerma intervino de oficio, dispuso la identificación de las menores involucradas y dio inmediata intervención a la Fiscalía Penal Juvenil.
En ese marco, la fiscal Mateo Bellini, peticionó las medidas de protección pertinentes, las cuales fueron autorizadas por el Juzgado Penal Juvenil 3. Entre ellas, se estableció la prohibición de ejercer actos de violencia. Asimismo, se dio intervención a la Asesoría de Menores e Incapaces en turno.
La Fiscalía Penal Juvenil instó a las autoridades del establecimiento educativo a emitir un informe respecto al abordaje institucional del conflicto, a fin de evitar situaciones similares que puedan surgir en el futuro dentro del ámbito escolar.
Las medidas adoptadas tienen carácter preventivo, y buscan evitar que se generen circunstancias que agraven la situación.
Desde la Fiscalía Penal Juvenil 2 se recomienda evitar la circulación de imágenes que involucren a menores de edad, cuyos derechos a la intimidad y privacidad están protegidos por leyes nacionales y tratados internacionales de derechos humanos, tale como la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Convención sobre los Derechos del Niño, a la que adhirió la República Argentina.
Se recuerda que la divulgación de imágenes, datos o información sin consentimiento del menor o de sus representantes legales vulnera los derechos personalísimos y puede afectar su dignidad, integridad personal o vida privada.
La Sala II Civil y Comercial apeló a la "probidad" profesional y notificó al Colegio. A la vez, el juez advirtió sobre las "alucinaciones" que pueden producirse en estos casos.
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