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Un reciente fallo judicial en Tucumán otorgó una compensación económica a una concubina tras el fallecimiento de su pareja, un precedente significativo.
Judiciales10/07/2025
Ivana Chañi
Una mujer obtuvo una compensación económica de diez millones trescientos mil pesos, equivalente al 75% del salario mínimo vital y móvil hasta alcanzar la edad jubilatoria, en un caso judicial de Tucumán. La decisión, adoptada por la Cámara de Apelaciones, revirtió un fallo de primera instancia y abre un camino para los concubinos sin derechos sucesorios.
En su columna habitual en Aries, el abogado Napoleón Gambetta contó que la demandante convivió con su pareja desde 2013 hasta 2024, un período de once años ininterrumpidos. Según su relato, "desde el 2013 yo renuncié a mi trabajo porque empecé a convivir con él y también para cuidarlo porque en el 2014 le detectan un cáncer". La pareja se sostenía con los ingresos de alquileres del patrimonio del concubino. Al fallecer él a los sesenta y pico de años, la sucesión quedó a cargo de su madre, una persona de avanzada edad, única heredera.
La mujer inició una acción judicial contra la sucesión, solicitando una compensación económica. Su argumento se centró en que renunció a su trabajo para cuidarlo a él, el tiempo en el que trabajaba asumió su cuidado y cuando esta persona que era su pareja falleció, quedó en una situación económica difícil ya que tiene una edad muy compleja para reinsertarse al mundo laboral. La primera instancia rechazó la demanda, al considerar que no se demostró un desequilibrio patrimonial.
Sin embargo, la Cámara revisó la decisión y estableció la compensación. La Cámara sostuvo que la mujer "renuncia a su trabajo para cuidarlo". Este caso es particular porque el vínculo concluyó por fallecimiento, y los concubinos generalmente no tienen derechos hereditarios. No obstante, la compensación económica fue concedida. La madre del fallecido deberá efectuar el pago de los diez millones trescientos mil pesos a la demandante. La Cámara de Tucumán confirmó que "sí se comprobó" la renuncia al trabajo y el cuidado por años, dificultando su reinserción laboral a sus 57 años.
Esta situación destaca que, si bien el concubino no posee derechos sucesorios, la compensación económica puede ser una alternativa viable. El caso de la mujer de Tucumán, quien obtuvo una compensación económica, es un claro ejemplo de cómo el análisis de fallos establece un camino ante la ausencia de derechos directos sobre la sucesión.

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