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El Ejecutivo declaró la navegación marítima y fluvial como servicio esencial, relajó regulaciones para reducir costos operativos, ante la "falta de competitividad".
Argentina21/05/2025El Gobierno estableció un régimen de excepción para la Marina Mercante que declara la navegación marítima y fluvial como servicio esencial, flexibiliza normativas para reducir costos operativos, incentiva inversiones y regula el uso de registros de bandera extranjera. Busca fomentar la participación de la marina mercante local en el comercio nacional e internacional.
La medida se implementó a través del Decreto 340/2025, publicado este miércoles en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y todos los ministros.
La norma, enmarcada en la Ley Bases que promueve la desregulación, diagnostica que "el sector del transporte marítimo y fluvial argentino se encuentra atravesando una situación de crisis y emergencia por la falta de competitividad dada por los altos costos de operación y las restricciones y las cargas que la normativa precitada que regula la actividad impone".
"Tales restricciones normativas generan consecuencias totalmente distorsivas del funcionamiento de los mercados, e impiden acompañar la evolución en el transporte fluvial y marítimo ya que, lejos de cumplimentar el declamado propósito de tutela de la Marina Mercante Nacional, funcionan como factor causante de múltiples sobrecostos que afectan la cadena logística, con particular intensidad a las economías regionales. En ese sentido, los costos asociados a la navegación en buques de bandera argentina son considerablemente superiores a los de otras naciones de la región, lo que desincentiva a los armadores a operar bajo bandera nacional y promueve la migración de buques hacia Registros más favorables", añade el texto.
Desregulación de la Marina Mercante: los principales cambios
La nueva normativa permite a los armadores solicitar el cese provisorio de la bandera nacional de sus buques para inscribirse en registros extranjeros, facilitando su operación en condiciones más favorables. Se declara la navegación por agua marítima y fluvial como servicio esencial.
Sobre este punto, en ningún caso se podrá negociar o imponer una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio, como sanitarios y hospitalarios. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, esa cifra será del 50%.
Además, se flexibilizan requisitos para la contratación de personal y se eliminan barreras burocráticas, buscando "mejorar la competitividad y fomentar la inversión" en la Marina Mercante.
Con información de C5N
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