
Consideró que no hubo prevaricato y que el accionar de la Corte Suprema fue legal. La denuncia apuntaba a la supuesta rapidez del fallo.
Se trata del presunto líder de una banda criminal en Venezuela, detenido en Corrientes bajo una falsa identidad.
Judiciales09/05/2025La Cámara Federal de Casación Penal dejó en pie la vigencia del protocolo de seguridad para detenidos de alto riesgo implementado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, en las cárceles federales, al rechazar un planteo del presunto líder de una banda criminal en Venezuela, detenido en Corrientes bajo una falsa identidad.
Se trata del protocolo del “Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo” que se implementa en el caso llegado a la sala IV del máximo tribunal penal federal del país vinculado a Guillermo Boscán Brancho, un ciudadano venezolano prófugo en su país y buscado por Interpol.
Boscán Brancho fue apresado en Corrientes con falsa identidad y trasladado a la cárcel de Ezeiza, donde se le aplica el protocolo a la espera de la extradición por delitos como homicidio, tráfico de armas y extorsión.
Su defensa presentó un habeas corpus y logró que se le conceda una visita semanal de 60 minutos y comunicaciones telefónicas de 40 minutos por semana pero se desestimó un planteo contra la validez del protocolo de seguridad que se le aplica por ser considerado de alto riesgo y establece medidas de seguridad estrictas.
El “Sistema Integral de Gestión para Personas Privadas de la Libertad de Alto Riesgo en el Servicio Penitenciario Federal” se aprobó el 23 de enero de 2024.
Los jueces de Casación Mariano Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos rechazaron la queja en ese aspecto porque “la medida de habeas corpus no es la vía procesal pertinente para dicho planteo".
El protocolo establece restricciones en materia de seguridad y se aplica en casos de narcotraficantes, líderes de bandas criminales y otros delitos de alto riesgo.
Impide el contacto físico con las visitas, dispone que las comunicaciones se realicen desde teléfonos públicos que permiten sólo llamadas salientes y bajo supervisión.
En la resolución que lo implementó el 23 de enero de 2024, la 35/2024, se fundamentó en la necesidad de "llevar adelante todas las acciones posibles tendientes a evitar que organizaciones internacionales de crimen organizado expandan su dominio sobre territorio nacional y se instalen en los establecimientos penitenciarios”.
Con información de Noticias Argentinas
Consideró que no hubo prevaricato y que el accionar de la Corte Suprema fue legal. La denuncia apuntaba a la supuesta rapidez del fallo.
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