López defendió la medida aclarando que “el que tiene mucho que se pague el medicamento, y el que tiene poco lo va a seguir recibiendo al 100%”. Del Frari advirtió que el 70% de los jubilados cobra la mínima y denunció que Milei “usa a los jubilados como variante del ajuste”.
El gobierno confirmó que fiestas y hoteles no deberán pagar por reproducir música y películas
Fue a través de una resolución del Ministerio de Justicia y la Jefatura de Gabinete, la cual busca "evitar cualquier duda respecto a la interpretación del Decreto 765/24".
Política04/11/2024El Gobierno publicó este lunes una resolución donde confirma que las fiestas privadas y los cuartos de hoteles son "ámbitos privados", por lo cual están exentos a pagar el cobro del derecho de autor por reproducir música, películas y otro tipo de obras artísticas.
La medida tuvo lugar luego de que la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (SADAIC), que cobraba ese canon, plantease ambigüedades en el decreto que modificaba la Ley de Propiedad Intelectual, por lo que comprendía que dichos espacios debían seguir abonando a las empresas de gestión colectiva.
De esa manera, la Resolución Conjunta 2/24, que lleva las firmas del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, deroga la Resolución Conjunta N° 2/2019 por considerarla contradictoria al Decreto 765/24 que fue publicado el pasado agosto.
"A fin de dotar de certidumbre y en salvaguarda de la seguridad jurídica, así como para evitar eventuales dudas interpretativas, resulta necesario derogar de manera expresa y en forma retroactiva la Resolución Conjunta N° 2/19 del ex Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y la ex Secretaría de Gobierno de Turismo a partir del 29 de agosto de 2024, fecha esta de la entrada en vigencia del Decreto N° 765/24", se lee en el texto.
En ese sentido, agrega que "las habitaciones de los establecimientos que brindan servicios de alojamiento están destinadas al uso privado de los huéspedes, por lo que no son, en consecuencia, los contenidos provistos por televisores o servicios de radiodifusión, ya sea por videocable, televisión satelital o por otro medio, considerados una representación o ejecución pública conforme a lo previsto por el Decreto Nº 765/24".
La medida fue celebrada por Cúneo Libarona a través de su cuenta de X (antes Twitter), donde manifestó que "a partir de ahora, como siempre debió ser, las fiestas privadas y los cuartos de hotel van a ser considerados ámbitos privados para los derechos de autor". "Liberamos a los cuartos de hotel y las fiestas privadas de las garras del Estado", subrayó el ministro.
"No se les va a cobrar más el arancel por la reproducción de contenidos. Encima, eran cobros discrecionales, en base al tamaño del establecimiento, la calidad del hotel o la temporada. Esto encarecía los costos y hacía que los huéspedes paguen tarifas más altas", añadió el funcionario.
Por su parte, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, planteó en la misma red social que "el Gobierno de Javier Milei es un gran defensor de los derechos de propiedad, pero estos deben ser adecuadamente definidos", por lo que defendió la resolución que "avanza para evitar cualquier duda respecto a la correcta interpretación del Decreto 765/24".
"Hace varias semanas dimos a conocer el Decreto 765/24 que definía los eventos de reproducción pública que requerían un pago de derechos a las empresas de gestión colectiva. Ese decreto definió que esos pagos solo correspondían cuando las reproducciones ocurrían en espacios abiertos, de acceso libre y para una pluralidad de personas", indicó.
Sumado a esto, destacó que "eventos como fiestas privadas o la reproducción de contenidos en un cuarto de hotel no estaban comprendidos y por ende debían dejar de abonar esos derechos".
"Esta nueva interpretación requería la derogación de la Resolución Conjunta No 2/2019 contradictoria al 765/24. La Resolución Conjunta 2/24 publicada hoy con firma de Mariano Cúneo Libarona y Guillermo Francos avanza con dicha derogación necesaria para evitar cualquier duda respecto a la correcta interpretación del Decreto 765/24. Esta derogación fue impulsada por el Secretario de Turismo, Deportes y Medio Ambiente, Daniel Scioli", finalizó el ministro.
La respuesta de SADAIC al Decreto 765/24
Luego de publicarse el Decreto 765/24 el pasado agosto, el director de SADAIC, Guillermo Campos, ratificó la postura de la entidad sobre el pago de los derechos de autor por la música utilizada en los salones de fiestas, a la vez que planteó ambigüedades respecto a si los hoteles estaban o no exentos.
"Este decreto, dicho por los funcionarios porque el decreto no lo dice, trata de resolver un problema de los hoteles. Los hoteles históricamente cuestionaron que se cobrara por la comunicación al público de música a través de los televisores en los cuartos de los hoteles", indicó en declaraciones a Cadena 3.
Asimismo, recordó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, que “dijo claramente que los cuartos de los hoteles eran lugares públicos y que en consecuencia la música que se comunicaba dentro de los cuartos era comunicación al público”.
“Los hoteles no querían pagar por eso, siempre lo cuestionaron, perdieron judicialmente y buscaron varios intentos legislativos tanto sea del Congreso como del Poder Ejecutivo. Y en este caso obtuvieron un decreto que supuestamente los incluiría en su enunciado, pero no dice expresamente lo que los hoteles quieren que diga”, añadió.
Con respecto a las fiestas en salones privados, sostuvo que no entendió "qué quiso definir el decreto, porque el decreto no es nada claro". "Los salones de fiestas automáticamente se consideraron involucrados dentro de la exención del decreto y dijeron 'ahora no pagamos más por las fiestas sociales'”, prosiguió.
En ese sentido, aclaró que "hay un negocio de por medio" en la reserva de salones para festejos. "Cuando una persona hace un cumpleaños de 15 en un salón de fiestas va y paga por el salón, o sea el salón gana plata a la persona que quiere hacer la fiesta. Después si la persona quiere pasar música para bailar, que es lo usual, normal y habitual, el salón dice si aparte usted quiere música le vamos a cobrar tanto y si hay un DJ, el DJ le va a decir yo quiero cobrar tanto”, ejemplificó.
Al respecto, argumentó que, según la interpretación del Poder Ejecutivo, "los únicos que no cobran ahí son los autores y compositores, es decir, los dueños de las obras que se tocan en esa fiesta". "Cuando alguien gana a través de la música no puede pretender no pagar derechos por más que sea en una fiesta privada”, subrayó.
“Acá hay un negocio detrás de la fiesta privada. El que tiene que pagar es el dueño del salón. Obviamente para él es la obligación porque él es el que hace el negocio, él es el que cobra la fiesta y el que cobra la música porque en definitiva él es el que pone la estructura”, insistió el director de SADAIC.
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