
Se realizó la audiencia preliminar del primer caso de juicio por jurado en distrito Centro
Judiciales04/12/2025Este miércoles se realizó la audiencia preliminar en una causa por un homicidio calificado ocurrido en la ciudad de Salta.


Había sido promovida por los vecinos de esa localidad en el departamento Anta.
Judiciales26/06/2023
La Corte de Justicia rechazó la acción de amparo colectiva promovida por vecinos de la localidad de Gaona a través de la cual se pretendía la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 5061 que derogó la Ley 4124 que había creado la Municipalidad de Gaona. El argumento era que la norma cuestionada fue dictada por un gobierno de facto.
La cláusula transitoria quinta de la Constitución Provincial sancionada en 1986 establece “Declárase absolutamente nulo el Decreto 229/56 por el cual fue derogada la Constitución de 1949, sin perjuicio de la estabilidad de todos los actos jurídicos y de todas las decisiones de autoridad sancionadas con arreglo a la Constitución Provincial de 1929 entre 1956 y 1986. Derógase por esta vía legítima las Constituciones sancionadas en 1929 y 1949”.
Sostuvo la Corte de Justicia citando dicha cláusula transitoria que “la objeción basada en el origen de la norma, en la que se sustenta la acción, no puede prosperar. Ello así, ya que es precisamente sobre los actos y decisiones de autoridad adoptados entre 1956 y 1986 sobre los que la Constitución predica la estabilidad. Asimismo, los accionantes no señalan contravención o vicio alguno respecto a la Constitución de 1929 a la que refiere la cláusula, ni se advierte configurado del confronte con sus disposiciones.”
Recordaron que en virtud de la cláusula citada, “el constituyente de 1986 se pronunció por la estabilidad de las decisiones de autoridad adoptadas en el período en el que fue dictada la ley cuestionada. Esta circunstancia despeja cualquier objeción vinculada al origen de la norma.”
Recordaron además que de conformidad al artículo 8 de la Constitución Provincial, el territorio de la Provincia se divide en departamentos y municipios. “Actualmente existen veintitrés departamentos y sesenta municipios; ello implica que en el ámbito provincial no hay espacios sin jurisdicción territorial, lo que a su vez se traduce en que toda conformación de un nuevo municipio implica dividir el territorio de otro preexistente.”
En el artículo 170 de la misma Constitución se establece que la creación de un municipio es una atribución del órgano legislativo y fija también el procedimiento a tal efecto.
Dispone la norma que “… Para constituir un nuevo Municipio se requiere… una ley a tal efecto… Las delimitaciones de la jurisdicción territorial de los municipios es facultad de la Legislatura, la que debe contemplar, además del ejido urbano, la extensión rural de cada Municipio. Previo a la delimitación, la Legislatura convoca a consulta popular en el Municipio, en la forma que reglamente la ley. Toda modificación ulterior de estos límites se realiza por el mismo procedimiento”.
El procedimiento se encuentra reglamentado por los artículos 119, siguientes y concordantes de la Ley 6444, que prescribe, entre otras cosas, que “Toda modificación sobre la jurisdicción territorial de los municipios se dispondrá por ley, previa consulta popular al Cuerpo Electoral Municipal, la que se llevará a cabo con la primera elección general de intendentes o renovación de concejales que se realice…”.
Y citaron al respecto lo ocurrido en la creación del municipio de Aguas Blancas que fue el último conformado en la Provincia. “Al respecto, la Ley 7739 dispuso su creación previo cumplimiento de lo señalado por el artículo 170 de la Constitución Provincial (artículo 1), fijó sus límites (artículo 2) y convocó a Consulta Popular (artículo 3) que fue efectivizada mediante Decreto 894/13 y cuyo resultado fue comunicado mediante Acta 6351 del Tribunal Electoral al Poder Ejecutivo Provincial.”
La Corte de Justicia recordó que “la Constitución ha confiado al legislador la misión de crear los municipios, previa consulta popular, y no es resorte del Poder Judicial decidir el acierto con que los otros poderes hacen uso de facultades que le son propias y exclusivas”.
Citaron el artículo 4 de la Constitución Provincial, en cuanto establece que los poderes públicos “no pueden delegar facultades conferidas por esta Constitución, ni atribuirse otras que las expresamente acordadas por ella”.
La cláusula de indelegabilidad de facultades constitucionales “impone, pues, una valla infranqueable al Poder Judicial en relación al alcance del control que ejercita sobre los actos privativos de los otros poderes del Estado”.
Y recordaron al rechazar “in límine” la acción promovida que “Los límites impuestos al ámbito de decisión del Poder Judicial tienen su raíz en el principio de la división de poderes, base del régimen representativo y republicano”.

Este miércoles se realizó la audiencia preliminar en una causa por un homicidio calificado ocurrido en la ciudad de Salta.

En el avance de la investigación, se logró individualizar a dos de los detenidos como sospechosos de haber iniciado un foco ígneo que causó 22 lesionados y 1 fallecido.
Un hombre de 32 años de Orán, Salta, fue condenado a tres años de prisión de ejecución condicional por los delitos de grooming y tenencia de material de abuso sexual infantil.

La víctima es un joven de 21 años quien fue encontrado sin vida la mañana del pasado martes 4 de noviembre en las inmediaciones de las calles Zabala y Catamarca, en la ciudad de Salta.

Su modus operandi consistía en contactar a vendedores de Marketplace, enviar un comprobante falso de seña y luego, fingiendo ser personal bancario, robar datos para generar préstamos y transferencias.

El abogado Gregorio Dalbón advirtió en un posteo en X que iniciará acciones legales contra quienes, según afirmó, difundieron ataques “maliciosos” contra la AFA, comandada por Chiqui Tapia.

En una entrevista cargada de reproches, el senador de La Libertad Avanza negó la parálisis del puente de Vaqueros, responsabilizó a gestiones anteriores por la obra inconclusa y defendió al Gobierno nacional pese a los reclamos por falta de pago.

Barcelona venció a Atlético de Madrid 3-1 en el Spotify Camp Nou, por la Fecha 14 de LaLiga. El equipo Culé obtuvo tres puntos claves para afirmarse en la cima del torneo español, mientras que los de Simeone quedó en la cuarta posición.

Boca Juniors se consagró campeón del Torneo Proyección Clausura (Reserva) tras empatar 2-2 con Gimnasia y Esgrima La Plata y vencerlo 4-1 en la tanda de penales en el estadio Florencio Sola.
La plataforma presentó su resumen anual con tarjetas personalizadas, perfiles de usuario y estadísticas de visualización, incluyendo música, pódcasts y hábitos de consumo.

La fecha coincide con el Día de Santa Bárbara, considerada la patrona de los mineros. Argentina ha experimentado un gran desarrollo en el sector, siendo hoy un productor clave de litio, plata, oro y cobre.