Opinión 15/06/2021

Petición

Unas 70 agrupaciones municipales en la Provincia dicen mucho. No es que el sistema de partidos políticos, que las contiene, sea restringido; son muchas otras las razones que empujan a su formación.

Son entidades de interés público y constituyen formas de asociación ciudadana que concurren al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, buscando ampliar las posibilidades de participación en la vida pública comunitaria. De hecho que son partidos políticos pero de carácter vecinal, que se manifiestan como opciones electorales distintas a las fuerzas políticas tradicionales. En grandes urbes y en los pueblos facilitan que los vecinos encuentran un cauce para acceder a cargos electivos.

La legislación electoral de la provincia establece que estas agrupaciones tienen como único ámbito de actuación los municipios y solamente pueden presentar candidatos para cargos de intendente y de concejales. Ese margen de actuación que se estrecha no desanima a su dirigencia, que ajusta sus propósitos a una realidad más acotada.

En esta elección de medio tiempo, en la que solamente un municipio elije a su Ejecutivo, en los restantes cincuenta y nueve solo participan en la designación de los ediles. Para la renovación legislativa, en todo el territorio se inscribieron como oferta electoral y lograron oficializar su propuesta 36 agrupaciones municipales, cinco de ellas en la Capital, que deben presentar una nómina única de 42 integrantes, 21 de los cuales son titulares. 

El esfuerzo que deben hacer las agrupaciones capitalinas es mayor respecto de las listas de candidatos a concejales que pertenecen a los 7 frentes y a los 26 partidos políticos que serán de la partida. No excluye que en las categorías para las que no han podido formalizar una propuesta adhieran a la de estos espacios. En el caso de la Capital, son las propuestas para cubrir 10 bancas en Diputados, el escaño de senador y 19 convencionales constituyentes.

En una maraña de más de 200 listas, se entiende que se exija la paridad de trato y es lo que han hecho las cinco agrupaciones que buscan poner a sus representantes en el Concejo Deliberante. Han presentado su petición ante el Tribunal Electoral a fin de ser considerados como lista completa y, de esa manera, facilitar el acceso del elector al momento de emitir su voto constituyendo una opción clara y diferenciada.  

En realidad ya está contemplado en la ley electoral 7697 de PASO cuando indica que para el caso de que una fuerza política no postulase candidato en otras categorías, obligatoriamente debe aparecer en la pantalla cuando se elige el método de lista completa. En 2015 fue rechazado un planteo de inconstitucionalidad presentado por una agrupación municipal que interpretaba que ello no era suficiente para facilitar la visibilización de la propuesta. 

En consecuencia, deberán seducir y convencer en la campaña  y confiar en un elector hastiado con tanta marginación, que empieza en la escasa oportunidad de participación, sigue con la compleja oferta electoral y termina con un instrumento de votación que se sigue discutiendo. Ante un Ejecutivo municipal distante y ajeno, quizás es la hora de los más cercanos y comprometidos.

Salta, 15 de junio de 2021

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