Opinión 18/02/2021

Ineficiencia

En el mismo día en que la autoridad reguladora del transporte público de pasajeros realizaba la audiencia pública para analizar el pedido de aumento del precio del boleto, un abogado apeló el incremento de la tarifa de energía. Dicho ajuste fue dispuesto por resolución del Ente Regulador de Servicios Públicos del 20 de enero pasado, tras una audiencia realizada ese mismo mes.

La particularidad de la apelación es que su autor tuvo activa participación en la audiencia, hizo uso de la instancia de réplica y sus afirmaciones merecieron consideraciones extensas en la resolución del ENRESP. No satisfecho, echó mano a un recurso que cierra la instancia administrativa y habilita el camino hacia la judicialización de una medida de un organismo autárquico aunque con dependencia del funcional del Poder Ejecutivo.

Precisamente como antecedente se puede citar el amparo que una asociación de defensa de derechos de consumidores planteara frente al último aumento del boleto del transporte urbano de pasajeros. Los fundamento son diferentes y el procedimiento también pero ambas circunstancias tienen en común que la actividad reguladora del Estado ha encontrado un límite en la participación del administrado.

Precisamente ese es el objetivo de las audiencias públicas que, si bien no son vinculantes, colocan en un cepo las decisiones del organismo interviniente. La participación de los usuarios en el sistema de prestación de servicios públicos por gestión privada cuenta con mecanismos que la hacen efectiva como resulta de los antecedentes que se van registrando. 

En noviembre de 2019, una jueza hizo lugar al amparo colectivo presentado por la Asociación de Usuarios y Consumidores Unidos de Salta planteando la nulidad y la inconstitucionalidad de la decisión de SAETA de aumentar el precio del boleto sin convocar a audiencia pública. Se había utilizado el mecanismo de documento en consulta que, a juicio de la  jueza de Minas María Victoria Mosmann, no garantizaba el acceso a la información y la participación de los usuarios en los aumentos, por lo que se suspendió la aplicación de un aumento que en ese año alcanzaba al 100%.

La Sociedad Anónima de Transporte Automotor apeló la medida ante la Corte de Justicia, que hasta ahora no resolvió por lo que impedirá que se imponga el ajuste que resulte dela audiencia de este miércoles. En tanto, el aumento dispuesto para la tarifa del servicio de energía eléctrica, de casi el 22% promedio aplicable desde enero último, ha comenzado a transitar un camino de revisión pese a que el Ente Regulador rechazó los reparos al pedido de incremento solicitado por EDESA con extensos fundamentos.

El abogado Domingo Sabag, vecino de Orán, apeló el incremento autorizado insistiendo en que lo que se paga por el servicio no se compadece con la mala prestación que se recibe, con lo que la empresa incumple con las pautas establecidas en el Contrato de Concesión del Servicio. Si la resolución de esta apelación es negativa, le quedará a este usuario seguir la vía judicial en defensa de sus intereses.

Es de público y notorio lo que Sabag había expuesto en la audiencia respecto de que el departamento Orán sufre graves problemas de suministro de energía eléctrica. Es una zona con alto consumo por las elevadas temperaturas pero sufre cortes continuos, variaciones marcadas de tensión que afectan artefactos electrónicos y lo que es más grave, impactan en el suministro de agua potable. La apelación se sustenta en que las consideraciones de la autoridad regulatoria no discute las deficiencias y sugiere que en el futuro exigirá soluciones.

Hay indicios que la tolerancia se está agotando ante la manifiesta ineficiencia de los gobiernos. 

Salta, 18 de febrero de 2021

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