Opinión20/01/2021

Moralidad

Con fecha de elecciones ya determinada en la Provincia, un repaso de los extensos análisis de diversas reformas políticas permite concluir que solo permitieron que se eliminen las Paso. Tras una década y, en principio, por esta única vez la facultad de elegir candidatos volverá a cada partido para decidir una propuesta según cómo lo disponga su organización interna.

Una de las reformas que quedó en el camino legislativo es la instauración de la Ficha Limpia, un recurso para mejorar la cobertura de funciones electivas impidiendo el acceso de personas con antecedentes judiciales. En noviembre pasado, la Cámara de Diputados dio sanción a un proyecto con ese fin pero el Senado le introdujo modificaciones y el año parlamentario cerró sin una ley que muestre el compromiso de la dirigencia política con una depuración de sus filas.

La sanción de Diputados no era estricta. Apenas interrumpía la carrera hacia fueros y privilegios que suele dar la función pública de quienes tuvieran condena en segunda instancia por, entre otros, los delitos de malversación de fondos, cohecho, enriquecimiento ilícito y los de índole sexual. En el debate, la diputada renovadora Cristina Fiore destacó los resultados de un estudio que describe que un caso de corrupción demora un promedio de 23 años hasta que queda firme la sentencia.

En esa sesión del 17 de noviembre se mencionaron nombres de personas que han sido denunciadas y otras que están imputadas, apelando permanentemente toda disposición judicial, mientras ejercen cargos de alta responsabilidad política desde el Ejecutivo provincial o municipales. Muchas otras son legisladores, siendo un caso emblemático el del senador nacional Juan Carlos Romero, que acumula causas en la Justicia Provincial mientras emite juicios y vota decisiones que condicionan la vida del ciudadano común.

La escasa exigencia de Diputados fue reducida por la Cámara de Senadores, al modificar la iniciativa, estableciendo que no podrán ser candidatos los condenados por sentencia, mientras dure la condena y la mitad más del tiempo de su duración. Impone la obligación a los partidos políticos, agrupaciones municipales y frentes electorales de responder por la solvencia moral y los antecedentes penales o policiales de sus candidatos que resulten electos, aun cuando con posterioridad a la asunción el causante renuncie a la fuerza política.

No pareciera que si esta ley se sanciona en esos términos pueda resolver el problema que trata de atacar. Por estas horas se está cuestionando la incorporación de Carlos Villalba en la lista opositora de candidatos a la conducción partidaria del Partido Renovador de Salta. Ex intendente de Salvador Mazza fue destituido en 2013 tras ser detenido en la capital salteña en una vivienda que funcionaba como un prostíbulo. En el procedimiento pudieron rescatarse a varias decenas de mujeres víctimas de trata. El caso sigue tratándose en la justicia federal mientras que en la provincial se le abrieron causas por asociación ilícita, fraude y usurpación. Si puede integrar la conducción de un partido, puede postularse a una función electiva; actualmente sólo lo impediría cierta actitud vergonzante de dirigentes y afiliados al Partido Renovador. 

Salta no es una provincia que sancione a los corruptos; no hay muchas condenas al respecto por lo que resultaría más eficaz que la lectura de la Constitución no sea sesgada inclinándose solo a favor del derecho a ser elegido, sin exige que la idoneidad contenga a la moralidad.

Salta, 20 de enero de 2021

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