Opinión 22/11/2019

Anomia

El gobierno de Juan Manuel Urtubey cierra sus doce años de gestión con varias situaciones de emergencia; algunas fueron declaradas en su mandato, como la social por violencia de género y otras se arrastran desde hace más de décadas, como la económica. Pero también deja situaciones administrativas sin resolver, como la reglamentación de una ley, lo que obliga a mantener la prórroga de la suspensión de desalojos.

No es una cuestión menor porque de la ausencia de esta disposición tendría un impacto social negativo en sectores muy vulnerables de la población salteña. Aún vigente la suspensión, hay jueces que hacen caso omiso de su vigencia y ordenan los desalojos, como ha ocurrido en estos días en la zona de Morillo contra una familia que trabaja un inmueble rural desde hace más de medio siglo. Prepotencia del magistrado, ignorancia o venalidad, ponen en situación de riesgo a pequeños productores agropecuarios y a sus familias.

En su beneficio es que en diciembre de 2010 se sancionó la Ley  7658, que entre otros objetivos planteó el reconocimiento y la protección de la identidad cultural de este grupo que habita en zonas rurales de la provincia de Salta. Busca también insertar mecanismos para promover una igualdad real de oportunidades, reconociendo su vínculo con la tierra y regulando las consecuencias jurídicas que de él derivan. Especialmente pretende brindar seguridad jurídica sobre los derechos de posesión y propiedad que tuvieren sobre las tierras en las que habitan y se erige como un escudo frente a desalojos que se gestionan con documentos firmados con ardid o engaño.

 La ley también creó el Programa de Regularización Dominial y Asistencia para pequeños productores agropecuarios y familias rurales, para brindarles asistencia, capacitación técnica y científica para promover su desarrollo productivo, agro industrial y económico pero también para asistirlos y apoyarlos cuando fueran objeto de acciones de desalojo.

Nada de esta ley se ha tornado operativo en casi una década, porque no se creó el registro de beneficiarios. En consecuencia, se mantiene desplegado el paraguas del artículo 9 de la norma, que por dos años originalmente disponía la suspensión de las ejecuciones de sentencias, de medidas cautelares u otras disposiciones judiciales, cuyo objeto sea el desalojo, desocupación o modificación de la situación de hecho de estas tierras. Ayer el Senado sancionó otra prórroga para llevar la suspensión hasta diciembre del 31 de diciembre de 2021.

Hubo un mea culpa atento a que la ley crea una comisión bicameral para realizar el seguimiento de la aplicación de la ley pero, sin embargo, en el tiempo que lleva vigente no hay nada que indique que funcionó. Ese es un incumplimiento que tiene pocos justificativos más allá de la indolencia o pereza de legisladores, teniendo en cuenta que la iniciativa no fue del Poder Ejecutivo, como suele suceder con las leyes más sobresalientes.

La asunción de la responsabilidad ha llevado a que en su última sesión del Senado en su actual composición también se aprobó una resolución solicitando informes al Poder Ejecutivo sobre el estado en que se encuentra la reglamentación. Quizás los legisladores también podrían recabar informes sobre la conducta de la jueza a cargo del juzgado de Primera Instancia de Personas y Familia de 2ª Nominación de Tartagal, Carmen Julia, quien ordenó un desalojo violando esta ley.

Cuando la anomia es promovida por quienes desde el poder tienen la obligación y la responsabilidad de evitar la degradación de las reglas que ordenan la convivencia, es un preocupante dato de la realidad social.

Salta, 22 de noviembre de 2019

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