Las multas por infracciones en servicios públicos podrán alcanzar casi $800 millones
El Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP) de Salta aprobó una nueva reglamentación que actualiza el esquema de multas previsto en la Ley 6.835, modificada por la Ley 8.370, aplicable a empresas prestatarias de energía eléctrica, agua potable y saneamiento.
A través de la Resolución Nº 841/2026, el organismo dispuso la implementación de un mecanismo de actualización semestral de los montos mínimos y máximos de las sanciones, utilizando como referencia el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), con el fin de evitar la pérdida de valor real de las penalidades en un contexto inflacionario.
Según lo establecido, el nuevo sistema busca mantener la finalidad del régimen sancionatorio, asegurando que las multas cumplan un rol disuasivo efectivo frente a incumplimientos por parte de las empresas reguladas.
La resolución fija la aplicación de una fórmula de actualización que toma en cuenta la variación del IPIM entre semestres, lo que permitirá recalcular periódicamente los valores de las sanciones de manera automática.
Como resultado de la aplicación de este mecanismo, el ENRESP estableció que los montos actualizados del artículo 33 de la Ley 6.835 quedan fijados en un mínimo de $79.110 y un máximo de $791.099.791.
El organismo fundamentó la decisión en la necesidad de preservar el valor económico de las multas frente al proceso inflacionario, señalando que la falta de actualización podría volver “ilusorio” el régimen sancionatorio.
Asimismo, se indicó que la metodología adoptada permite garantizar proporcionalidad y equidad en la aplicación de sanciones, evitando distorsiones derivadas de la depreciación monetaria.
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