Judiciales14/06/2024

Ordenan revisar la condena contra De Vido por la compra de trenes a España y Portugal

El tribunal advirtió sobre un "déficit de fundamentación". La pena era de cuatro años.

La Cámara Federal de Casación ordenó revisar la condena a cuatro años de prisión contra el ex ministro de Planificación Julio De Vido por la compra de trenes a España y Portugal denominados mediáticamente como “chatarra”.

De Vido estaba condenado a cuatro años de prisión por el delito de “defraudación por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública –causa número 5406/2013 ‘compra de trenes a España y Portugal’”, según el fallo del Tribunal Oral Federal 6 de 2022.

La Casación, por mayoría, confirmó el delito pero ordenó revisar el monto de la condena y devolvió el expediente a la instancia anterior a esos efectos.

La revisión fue dispuesta por “falta de fundamentación” por parte del tribunal para justificar los cuatro años.

“Se observa déficit de fundamentación” pues “si bien se consideraron las características personales del imputado al momento del hecho y la naturaleza de sus acciones, se advierte que el tribunal nuevamente hizo hincapié en las circunstancias agravantes del caso, pero omitió una valoración integral de las atenuantes”, subrayó el fallo.

Ello “se tradujo en un incremento de la sanción que descalifica al pronunciamiento, en este aspecto”, resumió.

La decisión fue adoptada en el mismo proceso en el que fue confirmada la condena contra el ex secretario de Transporte Ricardo Jaime, en su caso también por el delito de enriquecimiento ilícito, a ocho años de prisión.

El juez Daniel Petrone se había inclinado por la confirmación de todas las condenas, pero por mayoría sus colegas Alejandro Slokar y Mariano Borinsky ordenaron la revisión del monto de la pena.

El tribunal también ratificó parcialmente las penas para presuntos testaferros de Jaime: su colaborador Manuel Vázquez; su pareja, Silvia Reyss y una de sus hijas, Julieta, entre otros.

Con información de Noticias Argentinas

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