Código Procesal Penal: Es Ley la inclusión de la evidencia digital en investigaciones judiciales
Los Senadores destacaron que se trata de una ley pionera en Argentina. “Buscamos dotar a nuestro sistema de Justicia, a los investigadores, de mejores herramientas para que puedan realizar su tarea de una forma más eficiente”, expresó Mónico.
La cámara de Senadores aprobó el proyecto de Ley que modifica el Código Procesal Penal ley N° 7.690 referente a la investigación penal en el ámbito digital.
Se modificaron los artículos 309 y 316 y se incorporaron el 309 bis, 309 ter, 309 quater, 309 quinquies, 309 sexies, y 72 bis.
El Senador por Rosario de la Frontera, Javier Mónico detalló que se trata de un proyecto que contaba con media sanción de Diputados y que, desde la Comisión de Legislación General se trabajó con Procuración de la provincia, Poder Judicial, ámbitos académicos y profesionales.
“Los tiempos que corren con el desarrollo de la tecnología y distintos tipos de dispositivos, hacen necesario una específica manera de abordar este medio de pruebas que hasta la actualidad se vienen aplicando de manera analógico y aplicando normas que habían sido ideadas para medios físicos. Buscamos dotar a nuestro sistema de Justicia, a los investigadores, de mejores herramientas para que puedan realizar su tarea de una forma más eficiente”, expresó en el recinto.
Por su parte, el Senador por Cachi Walter Wayar resaltó que es una “ley pionera en Argentina” que permitirá a la Justicia “avanzar sobre el control y sanción de los delincuentes que, usando la tecnología, engañan al ciudadano comú”.
“Tiene que ver con todo lo que son hoy los delitos a través de la tecnología, desde estafas, falsificar identidad, hasta delito de abuso de menores, hay una amplia gana de delitos cometidos a través de la tecnología”, manifestó.
Wayar destacó que se trata de una ley pionera en Argentina y acaró que “de acuerdo a la gravedad del delito el Código tiene la pena”, por lo que también impone limitaciones.
“Si no hay una legislación no te sirve de prueba, si no hay una debida utilización, no un abuso de la utilización, se invalida la prueba. Esta ley te da posibilidades de actuar y también te pone límites, no es que se va a utilizar la ley y la tecnología para buscar perjudicar o encontrar un delincuente porque la sociedad clamaba rápidamente justicia, entonces aprovechaste de la tecnología y agarraste un perejil, no” dijo.
En este sentido, el Senador también advirtió que se trata de una ley que deberá actualizarse con el tiempo.
“Esta ley no va a poder ser estática, va a tener que ir evolucionando, como la Justicia va a tener que ir capacitando a quienes estén a cargo de estas áreas, la ley misma también a través de prueba error y del transitarla va a ser perfectible sin lugar a dudas”, analizó
Al tiempo que agregó “va a haber un montón de gente que va a saber que tal vez una broma puede constituir un delito a través de la tecnología, entonces vamos a ser más prudentes y reflexivos”.
Respecto a la figura del “agente encubierto digital”, agregada al Código, Wayar reconoció que puede causar “temor” pero indicó que “no tiene la libertad de hacer lo que quiere”.
“En este país que sufrió tanto con la dictadura, todo lo que tiene que ver con lo no claro o transparente nos da un cierto temor, por eso la justicia tiene que tener una gran responsabilidad, profesionalismo y tacto, al agente encubierto no le das la libertad de hacer lo que quiera. Había puntos de vista distintos en la Justicia, un sector plantea que era el fiscal el único que podía pedir que se involucre un agente encubierto y la ley dice “las partes” es decir que todos los actuantes en un proceso le permite pedir al juez el Agente encubierto, pero en definitivamente hay uno solo que define: el juez”, detalló.
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