El hecho ocurrió en enero de 2023, cuando en los disturbios, los ahora condenados efectuaron disparos. Uno de ellos cumplirá prisión efectiva.
Secta de Villa Crespo: procesaron a 19 imputados por los delitos de asociación ilícita y trata de personas
El juez Ariel Lijo dispuso la prisión preventiva para catorce de ellos y ordenó también el embargo de los imputados por sumas de 400 millones y 1200 millones de pesos. "La única finalidad e interés del líder y la cúpula de la organización era hacer dinero, aprovechándose de sus alumnos”, indicó el magistrado.
Judiciales 13/09/2022En el marco de la causa que investiga una organización internacional que funcionaba bajo la fachada de una escuela de yoga y con características de secta con sedes en el barrio de Villa Crespo, el juez federal porteño Ariel Lijo ordenó la semana pasada el procesamiento de 19 imputados -14 de ellos con prisión preventiva- en orden a los delitos de asociación ilícita destinada a cometer delitos, trata de personas con fines de explotación sexual agravada por el hecho de haber mediado coerción, haber sido más de tres las víctimas y más de tres los victimarios y por haber sido consumada la explotación -reiterado en siete oportunidades que concurren realmente entre sí-, lavado de activos y contrabando agravado.
Para los cinco imputados a quienes no ordenó la prisión preventiva, el magistrado fijó cauciones reales de 300 mil y 500 mil pesos, y dictó la falta de mérito a uno de los médicos de la Clínica CMI, donde se realizaban "curas de sueño", entidad que formaba parte de la organización. El juez trabó embargo de todos los procesados hasta cubrir las sumas de 1200 millones de pesos o 400 millones de pesos.
De esta manera, el juez consideró probada en esta etapa del proceso la participación de las 19 personas en el delito de asociación ilícita, indicando que una de ellas actuó como líder y al resto como miembros. De todas ellas, 14 fueron procesadas en orden al delito de trata de personas, 10 por lavado de activos y 4 por contrabando.
“Las pruebas reunidas demuestran que la organización coercitiva investigada captaba personas a través de técnicas de seducción y engaño, en el marco de un proceso que se extendía por años. En ese contexto la organización enajenaba a las personas del mundo real mediante la destrucción de sus lazos familiares y afectivos, relegándolas a relaciones interpersonales con miembros de la organización exclusivamente. Para garantizar el éxito de este proceso de despersonalización la organización también albergaba a sus ‘alumnos’ en su sede central ubicada en Avenida Estado de Israel 4453/4453, de la Ciudad de Buenos Aires. El corolario de todo ese proceso era la explotación sexual de los cuerpos ya dóciles y con voluntad doblegada a través del ofrecimiento a diversos clientes”, sintetizó el juez Lijo.
Trata con fines de explotación sexual: “Básicamente, forzaban a las alumnas a definir, en cada caso particular, qué podían conseguir de cada cliente, realizando un análisis de su situación patrimonial. Luego, debían hacer todo lo posible para lograrlo, extrayendo el mayor rédito económico posible”, señaló el juez.
​Según consta en el fallo, los imputados formaban parte de una organización coercitiva que, bajo la apariencia de “Escuela de Yoga Buenos Aires (EYBA)” o “Buenos Aires, Yoga School (BAYS)”, se dedicaba a captar personas mediante engaños o en situaciones de vulnerabilidad, tanto por ser menores de edad como por sus graves problemas de adicciones, de salud, diferentes tipos de violencia y situaciones de crisis. Esas condiciones eran aprovechadas por la organización para obtener la confianza de las víctimas con la promesa de sanación, pertenencia y contención.
​“En ese contexto, lograron que carezcan de expectativas de sobrevida fuera de la organización ya que se probó que los acogen mediante residencias, les otorgan trabajos dentro del grupo y se relacionan exclusivamente en su interior desde hace casi treinta años, generando de tal modo una dependencia total de la Escuela”, aseguró el juez en el fallo.
La organización habría funcionado al menos desde 2004 y hasta el 12 de agosto pasado, cuando su actividad fue desbaratada con 48 allanamientos. De acuerdo a lo estimado en la investigación, contaría con un patrimonio de, al menos, 35 millones de dólares, con cuentas radicadas en Estados Unidos.
La causa tramita en la Fiscalía en lo Criminal y Correccional Federal Nº 4, a cargo de Carlos Stornelli, con quien coadyuva la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo.
Proceso de despersonalización
En la resolución, el juez consideró que se pudo probar un proceso de captación (despersonalización) e instrumentalización de las personas que consistía en alejarlas de su ámbito familiar para asignarles una nueva “familia” dentro de la organización para integrarlas en forma plena. Indicó que, incluso, se les proveía a las víctimas un nuevo hogar dentro de la sede central, ubicada sobre la avenida Estado de Israel, y que se les otorgaba un trabajo. En ese proceso, cuya única finalidad era lograr el aislamiento y generarles una dependencia absoluta, se transmitía un mensaje de integración, de realización y transformación espiritual. Además, se lo hacía sentir “elegidos”, especiales y en otro nivel en comparación con el resto de las personas de afuera de la Escuela –que eran descalificados como “ladilla”-, que tenían potencial espiritual para trascender y elevarse a través de las tareas otorgadas por los líderes, con el fin de reencarnar en una próxima vida.
La organización contaba, al menos, con tres ámbitos de captación y despersonalización de nuevos miembros: la “Clínica CMI Abasto”, la empresa de coaching “BA Group” y las clases que se dictaban en el café de la sede central.
​Según señala el fallo, a lo largo de un largo y complejo proceso de despersonalización y explotación, a través de métodos de coacción física y psicológica, la organización lograba el sometimiento total de las víctimas a su voluntad. “A diferencia de otros casos, se trataba de un proceso de captación de años en función del cual se lograba someter a las víctimas a través de su adoctrinamiento”, indicó el juez.
El adoctrinamiento
El magistrado precisó que, en ese contexto, el líder de la secta hacía alarde de su sabiduría y sus poderes divinos, y que desarrolló una “compleja vertiente adoctrinante”, formada por una estructura filosófica basada en literatura clásica, religiosa y espiritual, que conforma el esqueleto sobre el que se sustentan todas las prácticas de coacción física y psicológica de la Escuela: el “ceremonial”, las tareas sexuales exhibicionistas, las “curas de sueño”, el trabajo dentro de cada “trinchera” o negocio y el aporte mensual por medio de “sobres”.
Para ello, se verificó que la organización contaba, al menos, con tres ámbitos de captación y despersonalización de nuevos miembros: la “Clínica CMI Abasto”, la empresa de coaching “BA Group” y las clases que se dictaban en el café de la sede central.
En la resolución judicial se especificó que dentro de la Escuela se imponía como objetivo el ascenso al rango “7 formal”, que sólo podía ser otorgado por el señalado como líder de la secta. Los alumnos que se encontraban en esa jerarquía constituían un “modelo de identificación ideal”, al que el resto de los deseaba emular porque era considerada una experiencia de triunfo y éxito. Ese sistema de rangos e incentivos, que dependía de la voluntad absoluta del líder, conformaba una forma de coacción psicológica.
​“Más allá de que la promesa a los miembros era de la enseñanza de ‘filosofía’ y su ‘sanación’, la única finalidad e interés del líder y la cúpula de la organización era hacer dinero, aprovechándose de sus alumnos”, aseguró el magistrado.
​Para el juez, los “alumnos” eran utilizados como instrumentos, y se empleaban sus capacidades y recursos para obtener resultados económicos. ​“Más allá de que la promesa a los miembros era de la enseñanza de ‘filosofía’ y su ‘sanación’, la única finalidad e interés del líder y la cúpula de la organización era hacer dinero, aprovechándose de sus alumnos”, aseguró el magistrado.
Por otro lado, fue verificada la explotación de sexual de, al menos, siete víctimas que debían prostituirse con “palomos” o “W” -tal como denominaban internamente a los clientes con grandes recursos económicos- a cambio de dinero. Debían construir una “relación” comercial con sus “novios” o empresarios con dinero y así conseguir que les depositen más dinero para sus gastos mensuales, su exclusividad, que las contraten en sus empresas o inviertan en sus negocios.
​“Básicamente, forzaban a las alumnas a definir, en cada caso particular, qué podían conseguir de cada cliente, realizando un análisis de su situación patrimonial. Luego, debían hacer todo lo posible para lograrlo, extrayendo el mayor rédito económico posible”, señaló el juez.
De acuerdo con la resolución judicial, la organización contaba con una estructura económica y financiera propia, que se utilizaba para el lavado de activos y el despojo de bienes de los alumnos. Para ello, contaba con el asesoramiento legal y contable del “Estudio Barneix”, la labor de la “Inmobiliaria Aznarez”, varias empresas en Estados Unidos, la utilización de un “banquito” como fondo de financiamiento y préstamos internos, la creación de una red de testamentos con el objetivo de que los bienes no salieran de las arcas de la Escuela y la realización de contratos de mutuo para justificar los fondos a fin de adquirir bienes.
​En el procesamiento también se dio por probado en esta instancia el contrabando de medicación a Estados Unidos a través de los denominados “casalitos”, que era la forma de referirse a las personas que viajaban a ese país llevando medicamentos para utilizar o distribuir, y traían dinero en efectivo.
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