
La mujer de 29 años se presentó en la ex Comisaria 20 de Orán para llevar comida y otros elementos a un detenido.


En el marco de la causa tramitada por el homicidio de Sandra Palomo, la jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, dictó el sobreseimiento.
Judiciales16/03/2021
La jueza de Garantías 8, Claudia Puertas, dictó el sobreseimiento de L. N. C. V., quien al momento del hecho tenía 15 años, por inimputabilidad. El menor había sido acusado del delito de homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar cuestión de género.
Para ello, la jueza dijo que el artículo 1 de la ley 22.278 establece que el menor que no haya cumplido los 16 años no es punible. A ello agregó que el artículo 428 inciso “e” de nuestro Código Procesal Penal establece que el sobreseimiento procederá, entre otras cosas, cuando mediare una causa de inimputabilidad.
Luego de rechazar otros planteos presentados por las partes, la jueza ordenó remitir a juicio la causa que se sigue contra Ian Esteban Caro (20); Ricardo Nahuel Bonifacio (20); D. R. C. (19) y H. E. C. (18).
Los cuatro jóvenes fueron acusados por la fiscalía penal interviniente de ser partícipes secundarios del delito de homicidio agravado por ensañamiento y alevosía. En tanto, según la acusación efectuada por la querella, fueron imputados de ser coautores de ese mismo delito.
La causa será enviada a la Mesa Distribuidora de Expedientes Penales, una vez vencidos los plazos correspondientes, donde se sorteará el Tribunal de Juicio que intervenga en la siguiente etapa.
El cuerpo de Sandra Palomo, una docente de 53 años, fue hallado en inmediaciones del Río Arenales, luego de denunciada su desaparición el 31 de agosto de 2019.

La mujer de 29 años se presentó en la ex Comisaria 20 de Orán para llevar comida y otros elementos a un detenido.

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