
La Justicia archivó la causa por el crédito de US$ 57.000 millones que pidió Macri al FMI

Los camaristas Bertuzzi y su colega Mariano Llorens entendieron que se trató de una decisión política y que la fiscalía a cargo de Franco Picardi no logró probar la existencia de delitos.
“Existen materias propias de los poderes del Estado que escapan al control judicial”, argumentaron los jueces.
La Procuración del Tesoro durante el gobierno de Javier Milei se retiró como querellante, por lo que solo puede ser apelada por la fiscalía.
En primera instancia, la decisión había sido de la jueza María Eugenia Capuchetti y ahora fue ratificada por la Cámara Federal.
Los imputados, que ahora quedaron desvinculados de sospecha, son el propio Macri, el exministro de Hacienda Nicolás Dujovne y los actuales Luis Caputo y Federico Sturzenegger, que eran autoridades del Banco Central y de la Secretaría de Finanzas.
Uno de los principales argumentos del tribunal es que en el préstamo del FMI de 2018 no aparecían “conductas penalmente relevantes”, a pesar de las objeciones de irregularidades administrativas que marcó la fiscalía.
El acuerdo era por US$ 50.000 millones y fue ampliado a US$ 57.100 millones. Para la Cámara, no quedó pendiente una investigación relevante capaz de modificar el desenlace.
El fiscal Picardi había objetado la falta de intervención del Congreso en la toma del préstamo y supuestas irregularidades en el procedimiento administrativo: la falta de un decreto presidencial que formalizara el acuerdo, la inexistencia de una intervención del jefe de Gabinete y la actuación del Ministerio de Hacienda en lugar del Ministerio de Finanzas.
También había mencionado la inexistencia de un dictamen del Banco Central previsto por la ley 24.156 y la apertura de expedientes administrativos una vez ya suscripto el entendimiento.
Se investigó la hipótesis de una administración fraudulenta, pues un informe de la SIGEN estimaba un perjuicio patrimonial para el Estado de 29.618 millones de dólares que para la Cámara no son suficientes para sostener una acusación.
Los camaristas entendieron que no hubo delito de abuso de autoridad, pues ese ilícito “exige que el funcionario dicte resoluciones u órdenes contrarias a la Constitución o las leyes, con dolo específico de violar la norma”.
Y agregaron que “no toda cuestión vinculada a las formas procedimentales de la administración pública configura un ilícito”.
“No es posible inferir que el proceder de los imputados haya estado guiado por el propósito de violar la ley”, afirmaron los camaristas.
Hablaron de un contexto de “urgencia financiera” durante la negociación del préstamo y señalaron que no hubo perjuicio patrimonial a sabiendas prejudicial o con sustracción de fondos.
“El deterioro patrimonial del Estado, por sí solo, no equivale a la acreditación del elemento subjetivo de la defraudación”, sostuvo y recordó que ese delito requiere que fondos públicos sean desviados de un destino fijado por leyes.
El tribunal dijo que la investigación duró cinco años, que el archivo no fue prematuro y sostuvo que “la fiscalía no logró articular una hipótesis delictiva que, sobre la base de la prueba reunida, permita afirmar con entidad suficiente la existencia de los delitos invocados”.
La Nación


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