Reforma laboral: el Gobierno acelera y expertos legales dan su mirada sobre los puntos críticos

Abogados con experiencia en el área laboral analizaron los principales ejes de la iniciativa oficial que se conocen hasta el momento. La revisión alcanza tanto al derecho individual del trabajo como al régimen sindical y colectivo.

Política13/11/2025

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La reforma laboral que impulsa el Gobierno nacional despertó muchas dudas y debate. Los abogados laboralistas se dividen entre quienes consideran que estos cambios son para modernizar el régimen de trabajo en la Argentina y quienes consideran que son para perjudicarlo, lo que despierta dudas e inquietudes entre los trabajadores, especialmente, al desconocer el verdadero alcance de los cambios que se propugnan.

Los proyectos en discusión incluyen modificaciones en las normas que regulan la contratación, la desvinculación y la negociación colectiva, y se estima que podrían tener impacto sobre todos los trabajadores, tanto formales como informales.

En las últimas horas, el ministro de Economía se refirió a la reforma laboral que se presentará al nuevo Congreso y avanzó sobre los temas importantes que contempla. Cargas patronales, Ganancias y régimen de nuevo trabajo son las tres nuevas variables que el gobierno sumó a la reforma laboral bajo análisis, según confirmó en las últimas horas el ministro de Economía Luis Caputo.

Ejes de la reforma laboral

De acuerdo con Ernesto Sanguinetti, del estudio PASBBA, la intención oficial es avanzar hacia una reforma “orientada a un modelo más previsible, menos litigioso y más compatible con las nuevas formas de trabajo”.

Entre los puntos centrales de la reforma, Sanguinetti mencionó la simplificación normativa, la flexibilización responsable y la previsibilidad en las desvinculaciones, junto con un reordenamiento sindical.

El abogado detalló que los proyectos en análisis contemplan la unificación y derogación de leyes obsoletas, la digitalización de trámites, la actualización de reglas sobre jornada y vacaciones, y la posibilidad de incorporar modalidades de trabajo por objetivos o banco de horas. "También se evalúan nuevos regímenes para trabajadores de plataformas y profesionales independientes", detalló el letrado.

Para el Dr. Nahuel Altieri, del estudio Altieri Legal, los cambios más importantes son "la implementación del banco de horas, el sistema de indemnizaciones, el cálculo indemnizatorio, la irrenunciabilidad, la cuota sindical, la cuota solidaria y la ultraactividad". Según el abogado, "nadie dice que con la reforma laboral va a haber jornadas de 12 horas todos los días", pero en la repetición de jornadas que tengan esa duración "puede traer problemas de salud y alteraciones de la vida social de las personas que trabajan".

Para Javier Adrogué, del estudio AZDR & Asociados, toda reforma laboral debe distinguir “entre los aspectos de derecho individual y los de derecho colectivo".

"En el primer caso -explicó-, se trata de las normas que regulan el ingreso, desarrollo y finalización de la relación laboral, mientras que en el segundo abarca la estructura sindical, los convenios colectivos y la regulación de los conflictos.

Adrogué señaló que, el régimen indemnizatorio y los costos judiciales. “En el corto plazo, lo más probable es que haya modificaciones en el aspecto individual, sobre todo en los vinculados al egreso y la indemnización”, aseguró.

Orden público laboral, derechos adquiridos e impacto sindical

Una de las principales discusiones gira en torno al alcance del orden público laboral, es decir, las normas que no pueden ser modificadas en perjuicio del trabajador. Adrogué advirtió que el debate se centra en la posible modificación del artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, que actualmente impide reducir los beneficios acordados en un contrato individual.

En el plano colectivo, Sanguinetti remarcó que el proyecto apunta a descentralizar la negociación sindical y limitar la ultraactividad automática de los convenios colectivos, además de suprimir ciertas fuentes de financiamiento de las entidades gremiales.

“El proyecto pretende un cambio radical en la estructura sindical, que puede derivar en mayor flexibilidad, pero también en más conflictividad dentro de las empresas”, advirtió. Según el abogado, esta situación requerirá una adecuada reglamentación para evitar que los conflictos sindicales se trasladen a cada ámbito de trabajo.

Aplicación y efectos sobre los trabajadores

Las reformas tendrán aplicación general, es decir, alcanzarán tanto a quienes ya están empleados como a los que ingresen al mercado laboral formal tras su sanción. “Las leyes se aplican por igual a todos los trabajadores”, precisó Adrogué.

En el caso de despidos, Sanguinetti recordó que “rige el principio de aplicación inmediata de la ley vigente al momento del hecho generador”. En la práctica, esto significa que el régimen indemnizatorio o los nuevos topes se aplicarán al momento del despido, sin importar la fecha de ingreso del trabajador.

Altieri mencionó que la normativa de la ley de contratos de trabajo está pensada para los trabajadores que lo hacen en relación de dependencia. Luego destacó que le resulta "Increíblemente" la figura de "colaborador independiente, que es una figura que está dentro de la ley de contratos de trabajo, pero finalmente es una relación de dependencia encubierta".

Preocupaciones y perspectivas

Consultado sobre las inquietudes que genera el proyecto, Sanguinetti consideró que existe “una preocupación desmedida en las relaciones individuales”, ya que “el proyecto no elimina derechos fundamentales, sino que busca limitar la discrecionalidad judicial”. En cambio, señaló que “las mayores transformaciones podrían darse en el ámbito colectivo, donde se erosiona la ultraactividad y se descentraliza la negociación”.

Altieri mencionó que "hay una preocupación porque implica directamente cambios importantes en el modo de vida". En este nuevo esquema hay dos versiones distintas. Una que dice que va a ser pactado por convenio colectivo, es decir va a ser el sindicato. Y hay otra versión que dice que va a ser el sindicato y después el trabajador podrá aceptarlo individualmente "¿Qué pasa con los trabajadores que no están en un sindicato, incluidos los denominados fuera de convenio? ¿Qué pasa si el empleador se lo impone?", cuestionó el letrado.

Por su parte, Adrogué remarcó que “el derecho laboral se justifica por la diferencia en el poder de negociación entre empleador y trabajador”, y que el orden público cumple la función de garantizar un contenido mínimo de derechos. En ese sentido, sostuvo que “no se está viendo una eliminación de ese principio, ni siquiera en las versiones más desreguladoras”.

De concretarse, las reformas podrían generar tres transformaciones estructurales, según Sanguinetti: un cambio en la cultura de contratación, con una posible formalización del empleo informal; un rediseño de la negociación colectiva con foco en la descentralización; y una mayor previsibilidad en la desvinculación laboral.

Ambos especialistas coincidieron en que el impacto se verá en el mediano plazo, especialmente en la medida en que las nuevas reglas logren favorecer la inversión, reducir la litigiosidad y brindar mayor seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores.

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