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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica determinó que los productos no pueden ser comercializados por no cumplir con las medidas establecidas.
Argentina13/06/2025La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización de dos productos para cocinar: un aceite de oliva y una salsa de tomate libre de gluten, pero también de unos insumos médicos. La medida publicada por el Boletín Oficial explica que no cumplían con las medidas establecidas.
En primer lugar, la Disposición 3801/2025 indica que se suspende la venta de salsa de tomate libre de gluten, marca Profecía porque en su rótulo indicaba los registros sanitarios de JARAMA S.R.L, pero la empresa notificó que un comercio de Luján de Cuyo en Mendoza, se ofrecía un producto cuya marca y registros coinciden con los de su tomate triturado, pero aclararon que nunca elaboraron ni comercializaron el alimento bajo las condiciones.
La decisión quedó informada por la División de Alimentos del Ministerio de Salud de la provincia de San Juan, que lo detectó apócrifo. De este modo, las autoridades indicaron que se trataba de un producto ilegal por carecer de registros sanitarios y hacer uso indebido de otro.
Por su parte, la Disposición 3798/2025 indica que se detectaron irregularidades en un aceite de oliva extra virgen marca Rioja Oliva y se encuentra falsamente rotulado con registros sanitarios inexistentes. La primera denuncia la hizo un consumidor ante el INAL y comenzó un proceso de investigación.
Lo reclamado por el denunciante fue confirmado por las áreas de bromatología de San Luis y Córdoba. De esta manera, la Administración aseguró que se infringieron los requisitos exigidos por la ley.
Por último, el Boletín Oficial agregó otra prohibición: insumos médicos mediante la Disposición 3991/2025 por identificarlos como falsificados. Luego de una inspección realizada en la localidad de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut. Esto surgió luego de un recorrido de rutina de los inspectores del Departamento de Control de Mercado hicieron en el establecimiento Ortopedia y Cirugía Díaz Vélez de FINKAL SRL.
El lugar está habilitado como droguería de anestésicos de uso odontológico y distribuidora de productos médicos. Pero las autoridades observaron que el origen y autenticidad no se pudieron comprobar.
Dentro de la normativa, ANMAT detalló que se detectaron dos unidades SUTURE ANCHOR, BIOCOMPOSITE, sature Tak, with#2, FiberWire and#2 TigerWire, de la empresa ARTHREX, y una unidad de tornillo Bio Interference Screw, también de ARTHREX que no tenían registro sanitario. Pero tampoco contaban con los datos del importador responsable, documentación de adquisición y tenía diferencias notorias respecto al embalaje de los productos originales. Por eso, se retiraron del mercado.
Con información de C5N
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