El Congreso italiano convirtió en ley las restricciones a la ciudadanía para extranjeros

Tras la media sanción de Senadores la semana anterior, este martes la Cámara de Diputados en Roma aprobó la iniciativa. Qué va a pasar con los miles de argentinos que iniciaron el trámite.

El Mundo20/05/2025

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La reforma que pone trabas al acceso a la nacionalidad italiana y que afectará a miles de argentinos, se aprobó este martes.

La Cámara de Diputados aprobó el decreto elevado por el gobierno de la primera ministra Giorgia Meloni que modifica el proceso de reconocimiento para acceder a la ciudadanía italiana.

La Cámara de los Diputados aprobó esta ley con 137 votos a favor, 83 en contra y 2 abstenciones, culminando así su tramitación parlamentaria tras el sí del Senado del 15 de mayo.

El Gobierno de Giorgia Meloni aprobó el 28 de marzo esta medida que limita la concesión de la nacionalidad a los descendientes de italianos que residen en el extranjero para frenar las solicitudes.

La nueva legislación fue aprobada originariamente como un decreto-ley, un instrumento usado en momentos de urgencia y que debe ser revalidado por las dos cámaras parlamentarias en el plazo de 60 días. El trámite requerido concluyó este martes.

Italia concede su nacionalidad siguiendo, entre otras vías, el principio de ‘Ius Sanguinis’, es decir, por descendencia o filiación, lo que ha hecho que muchas personas extranjeras pero descendientes de antiguos emigrantes italianos la hayan reclamado.

Qué establece la reforma que limita la ciudadanía italiana

El decreto establece que, a partir de la reforma, los italianos nacidos en el exterior no transmitirán automáticamente a sus hijos la ciudadanía italiana.

El texto establece un límite generacional para la transmisión de la ciudadanía por derecho de sangre. Así, la ciudadanía solo puede ser reconocida a quien tenga un antepasado de primer grado (padre o madre) o de segundo grado (abuelo o abuela) nacido en Italia.

Así, solo se concederá durante dos generaciones, es decir, si el solicitante tiene un progenitor -biológico o adoptivo- o un abuelo nacido en Italia. También si el padre o madre de un solicitante nacido en el extranjero han residido “al menos durante dos años consecutivos” en el país europeo antes de su nacimiento.

La reforma termina con los reconocimientos automáticos de la ciudadanía. Hasta ahora, por ejemplo, los argentinos con pasaporte italianos podían transmitir la ciudadanía a sus hijos. Ahora, solo será posible tramitarla si los interesados tienen un padre o un abuelo nacido en Italia.

Hasta antes de esta reforma, la ley vigente desde 1992 sostenía el principios de ius sanguinis y no establecía límite de generaciones para solicitar la ciudadanía italiana por descendencia.

Desde el gobierno italiano advirtieron que muchos descendientes de italianos, en especial en la Argentina y Brasil, tramitaban la nacionalidad solo para obtener las ventajas de un pasaporte europeo.

Se estima que casi un millón de italianos residen en la Argentina, en su enorme mayoría descendiente de la masiva emigración italiana de principios de siglo XX.

TN

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