Opinión 16/06/2021

Pronunciamiento

Dos de los siete diputados nacionales de Salta resolvieron rechazar la invitación del Gobernador de la Provincia para participar de los actos en homenaje al General Martín Miguel de Güemes, de los que tomará parte el Presidente de la Nación. La razón expuesta es el desacuerdo con medidas que toma el mandatario, en pleno ejercicio de sus atribuciones y facultades.

La decisión de ambos legisladores no tiene mayor significación institucional, aunque puede caber algún planteo de una cuestión de privilegio por parte de un par en la Cámara. Es que se debe tener en cuenta que, en realidad, solo se trata de una actitud que contiene una indisimulable carga electoralista. 

Pero es un hecho que sirve para reflexionar en torno de la institución presidencial, cuestión que suele generar debates en distintas circunstancias. Especialmente a partir de la reforma constitucional de 1994 se viene observado críticamente el fortalecimiento del hiperpresidencialismo. 

Alberto Castells, investigador y catedrático, viene realizando estudios sobre las figuras institucionales, especialmente la del Ejecutivo Nacional y describe al régimen presidencial argentino como un poder conducido por una autoridad personal y enérgica, que se impone sobre los restantes poderes del estado y no pocas veces sobre la debilitada trama del tejido social. Dice que la máxima autoridad ejecutiva es visualizada como “la figura solitaria que despliega una actividad mayor a la humanamente soportable, cargando en sus espaldas todo el peso de la responsabilidad política y conduciendo a sus hombres y mujeres por caminos sembrados de escollos y tropiezos. La impresión que deja ese complejo estilo de conducción cobra fuerza en el imaginario social actual, toda vez que la institución gobierno es observada por la ciudadanía con sentimientos contrapuestos y rótulos alusivos que exaltan su desempeño o cuestionan su actuación”.

Realmente, si bien la conducción de la República Argentina se asienta sobre tres poderes, el que ejerce la Presidencia emerge por encima del Congreso y la Corte Suprema de Justicia; incluso tiene atributos inspirados en regímenes imperiales. Además, dicen los expertos, el hiperpresidencialismo  puede ser concebido como derivación de una ancestral cultura política autoritaria que se cobija en la figura presidencial.

De todas maneras, lo importante son las atribuciones que la Constitución da al Presidente de la Nación Argentina. Es el jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración general del país, dispone en el arranque de una lista de veinte facultades de las que investido y que le permite, incluso, decretar la intervención federal a una provincia o la ciudad de Buenos Aires en caso de receso del Congreso.

El Presidente es el que nombra los magistrados de la Corte Suprema, prorroga las sesiones ordinarias del Congreso, o lo convoca a sesiones extraordinarias, es el comandante en jefe de todas las fuerzas armadas de la Nación. Es el que declara la guerra o el estado de sitio en uno o varios puntos de la Nación, anulando derechos esenciales en su transcurso.

Pero en la Argentina de este tiempo de pandemia, para el ciudadano común el Presidente es la cabeza de un proyecto político en plena ejecución para llevar adelante al país. Allí fue encumbrado por la voluntad popular, que se reservó el derecho a renovarle la confianza cuatro años después. O quitársela. 

Nada tiene más poder en la democracia.

Salta, 16 de junio de 2021

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