San Juan: por iniciativa del marido, la Justicia dictó una cautelar que suspende el acceso a la IVE para una mujer
Por Aries, Martín Zuleta, abogado del hombre, explicó que, al estar casados, el Código Civil prevé que es el matrimonio en conjunto el que debe decidir sobre aspectos de la “vida familiar” y, justamente, el embarazo es uno de ellos.
Pocos días atrás, la Justicia de San Juan emitió una medida cautelar que impide el acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) a una mujer. El pedido fue realizado por el esposo de esta mujer, quien solicita que la gestación siga su curso hasta su conclusión natural con el parto.
“Es una situación de vida que tiene muchos años; mi patrocinado y su esposa fueron novios desde la adolescencia y, con el correr del tiempo, se separaron, se casaron, tuvieron hijos, terminaron sus matrimonios y volvieron a estar juntos en 2015 hasta casarse en segundas nupcias en 2018”, relató el abogado Martín Zuleta, representante legal del marido.
En enero pasado – continuó el letrado –, con el matrimonio ya desgastado, recibieron la noticia del embarazo de la mujer; así, el primer mes se llevó con normalidad hasta la mujer empezó a manifestar una serie de preocupaciones – en su mayoría, de índole económicas – por las que deseaba interrumpir la gestación.
“La situación pasó a mayores cuando ella materializó su voluntad ante la obra social para que cubra el aborto”, añadió.
Zuleta indicó que su patrocinado, disconforme con la decisión, interpuso una medida cautelar para preservar el embarazo hasta la Justicia. Se trata – explicó – de una medida con la que el juez garantiza que no se altere el estado de las cosas a los fines de resolver mediante un proceso el derecho de fondo.
Para el abogado, esta cuestión de fondo está motivada porque, entiende, la Ley de IVE afecta los derechos de la persona por nacer. “La IVE atenta gravemente contra la persona por nacer porque directamente la suprime”, aseguró.
En tanto, sobre los derechos de su patrocinado, Zuleta apuntó que el hombre está amparado por el Código Civil y tratados internacionales ya que los esposos se encuentran en igualdad de condiciones, mientras la IVE, al no haber excluido la participación del esposo en la decisión, generó un vacío legal.
“Esto debe resolverse recurriendo al Código Civil”, sentenció el abogado.
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