Opinión 14/11/2019

Emergencia

Una de las acciones propias del fin de cada año alumbró hoy, en el Boletín Oficial de la Provincia. Por Decreto de Necesidad y Urgencia, el gobernador Juan Manuel Urtubey prorrogó la emergencia económica y administrativa de Salta, que tiene plena vigencia desde el 15 de marzo de 1990.

En realidad, tal emergencia está regulada por dos leyes, una de las cuales dispone la adhesión a similar emergencia pero de carácter nacional. El repaso de ambos normas explica muchas medidas que en tres décadas produjeron significativos cambios y por su vigencia aún sirven de paraguas a restricciones que los particulares deben tolerar por los vaivenes de la administración del Estado.

Virtualmente se trata de la historia de los sucesivos gobiernos desde la última década del siglo pasado a la fecha, ya que fue la medida más importante que adoptó el segundo gobernador de la recuperada democracia, para capear el temporal generado por la primera gestión en la Provincia y en la Nación. En medio de una hiperinflación histórica y en una provincia sin moneda, Hernán Cornejo tomó la resolución de promulgar la ley 6583, de Reforma Administrativa del Estado y Emergencia Económica, que fue prorrogándose dando cuenta que sus sucesores tampoco encontraron la forma de liberar a Salta de ese cepo.

Dicha norma dispuso, entre otras cuestiones, la suspensión de subsidios y subvenciones, de beneficios tributarios previstos en los regímenes de emergencia agropecuaria y forestal y en los regímenes de promoción, que también fueron suspendidos. La ley de 1990 reformó las normas de Exenciones Tributarias, actualizó Valuaciones Fiscales de Inmuebles para una mayor recaudación del Impuesto de Sellos y estableció regímenes de compensación de créditos y deudas de particulares con el Estado Provincial y del Ejecutivo con entes no financieros del sector público provincial, nacional y municipal. Limitó designaciones de personal y estableció un régimen de retiro voluntario, al que echaron mano otros gobernadores que le dieron un carácter compulsivo.

La Emergencia Administrativa es la que dispuso privatizaciones, la liquidación de empresas, sociedades o haciendas productivas cuya propiedad fuera total o parcial del Estado Provincial y también, la participación del capital privado en los mismos. Además, facultó al Poder Ejecutivo Provincial para proceder a la privatización total o parcial, de la concesión de servicios, prestaciones a su cargo. Es así que durante el gobierno renovador se hizo la declaración de sujeto a privatización de muchos de ellos, acción que se concretó en el gobierno de Juan Carlos Romero.

Si bien las razones que en cada prórroga se exponen giran en torno de un supuesto riesgo para la Administración, tanto la oposición y la propia Corte de Justicia han reconocido que la situación ha variado durante los últimos 30 años. En un fallo, el Tribunal destacó que tras la profunda crisis política, económica y social desatada hacia fines de 2001, el país se ha visto inmerso en un periodo de crecimiento económico sostenido, que si bien no fue suficiente como para erradicar de raíz la pobreza y sus consecuencias, las variables e indicadores económicos dejaron sin sustento cualquier intento de sostener sine die la emergencia económica.

El oficialismo, especialmente en los últimos 24 años, hizo caso omiso de cualquier cambio y la situación de excepción se ha convertido en normal. Y hay derechos conculcados.

Salta, 14 de noviembre de 2019

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