Reforma laboral: cambia el pago de aportes para las empresas de empleo temporario
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) modificó el mecanismo de ingreso de las obligaciones de seguridad social correspondientes a las empresas de servicios eventuales, en el marco de la implementación de la reforma laboral.
La Resolución General 5913/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial, dejó sin efecto el régimen que obligaba a las empresas usuarias a practicar retenciones sobre los importes facturados por las firmas que suministraban personal.
Con el nuevo esquema, las empresas de servicios eventuales deberán abonar directamente las obligaciones correspondientes a la seguridad social, además de las cuotas sindicales y demás retenciones legales aplicables.
Qué cambia para las empresas
Hasta ahora, el sistema contemplaba retenciones efectuadas por las compañías que contrataban servicios de personal eventual.
La reforma laboral modificó esa modalidad y estableció que las obligaciones fueran ingresadas directamente por las firmas proveedoras de trabajadores.
Como consecuencia, ARCA eliminó las disposiciones anteriores que habían quedado incompatibles con el nuevo marco normativo.
El cambio puede resultar relevante para empresas que utilizan personal temporario, especialmente en actividades con necesidades estacionales de contratación.
La resolución entró en vigencia este 20 de octubre, fecha de su publicación oficial.
Se trata de una modificación en el procedimiento de pago y retención, no de una eliminación de las contribuciones patronales.