Feriado del 10 de octubre: cuánto deben pagar si trabajás el Día del Respeto a la Diversidad Cultural
El viernes 10 de octubre es feriado nacional trasladable por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural, generando un nuevo fin de semana largo para impulsar el turismo.
El calendario laboral argentino tiene otro feriado oficial: el viernes 10 de octubre. ya que se traslada el Día del Respeto a la Diversidad Cultural. La medida forma parte del plan del Gobierno Nacional para promover el turismo interno y otorgar fines de semana largos con el objetivo de reactivar la economía regional.
Más allá de la conmemoración cultural, muchos trabajadores y empleadores tienen dudas sobre este día: ¿Qué implica realmente este feriado? ¿Cómo se diferencia de un día no laborable? ¿Y cuánto le corresponde cobrar a alguien que deba trabajar ese día?
Por qué es feriado el 10 de octubre
En 2025 el feriado del 12 de octubre, correspondiente a la conmemoración del Día del Respeto a la Diversidad Cultural, cae domingo. Es por ese motivo que se trasladó al viernes anterior, 10 de octubre. De esta manera, se conforma un nuevo fin de semana largo de tres días.
Mediante la Resolución 139/2025, la medida fue oficializada por la Jefatura de Gabinete, ente encargado de poder trasladar los feriados que caen en días de semana, se pueden mover al viernes anterior o al lunes más cercano.
Así, Argentina tendrá fin de semana largo desde el viernes 10 hasta el domingo 12 de octubre, con el objetivo de impulsar la actividad en el sector turístico, en el gastronómico y servicios.
Cuál es la diferencia entre feriado y día no laborable
Muchos se preguntan cuál es la diferencia entre un feriado nacional y un día no laborable en Argentina. El feriado nacional es un día de descanso obligatorio para casi todos los trabajadores, que se regula por la Ley 20.744.
En tanto el día no laborable, no siempre implica obligatoriedad, ya que el empleador puede decidir si mantiene la actividad o no.
Cuánto me tienen que pagar si trabajo el 10 de octubre 2025
Como el 10 de octubre es un feriado nacional trasladable, si un trabajador es convocado a prestar servicios ese día, se aplicará el régimen legal correspondiente a los feriados: deberá percibir el doble de su jornada habitual.
En el caso de que el empleado pueda optar si trabajar o no y decida no hacerlo, la jornada es de descanso normal y se abonará su salario como un día habitual, sin recargo adicional. Sin embargo, es importante chequear cada convenio porque dependiendo de los distintos sectores, pueden varias las modificaciones de pago respecto a la actividad que prestan.
Con información de Ámbito
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