Presupuesto
Es una obligación básica de cada gestión de gobierno disponer de los recursos mediante un cuadro de egresos e ingresos, como un principio de organización que impone equidad y da transparencia a la administración. Es una cuestión que a esta altura del año prepara al Poder Legislativo para concurrir en asistencia del Ejecutivo analizando y aprobando su propuesta, que es la que informa cuáles políticas se van a aplicar en el ejercicio fiscal.
Un conjunto de situaciones que ocupan la atención pública se vinculan precisamente a un defecto del gobierno libertario y es que desde su inicio administró el Estado con una prórroga del presupuesto que rigió el último año de gestión de su antecesor, ubicado políticamente en las antípodas. Más allá de la indiscutible incoherencia, deja al arbitrio del administrador decisiones que definen el destino de la Nación, en una actitud que no puede considerarse democrática.
No hay modo que el gasto público pueda resultar eficiente y equilibrado si no se basa en un presupuesto que determine el financiamiento de todas las acciones que se llevarán adelante. Es la manera ordenada que la Constitución Nacional establece que se debe administrar el país. En el Artículo 75, cuando determina las facultades y obligaciones del Congreso, indica que debe fijar anualmente el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la administración nacional, en base al programa general de gobierno y al plan de inversiones públicas, que es el que propone el Ejecutivo.
La ley 24.156, de Administración Financiera y de Control Público, da más precisiones y señala que el Poder Ejecutivo presentará el proyecto de ley correspondiente antes del 15 de setiembre del año anterior para el que regirá, acompañado de un mensaje que contenga una relación de los objetivos que se propone alcanzar y las explicaciones de la metodología utilizada para las estimaciones de recursos y para la determinación de las autorizaciones para gastar, además de informaciones y elementos de juicio que estime oportunos. Sin embargo, ante la inminencia de esa fecha, hay trascendidos que señalan que si efectivamente cumple con esta obligación no será antes de las elecciones del 26 de octubre.
Al margen del incumplimiento, una decisión de esa naturaleza demostrará las dificultades que tiene el gobierno libertario de aceptar la división de poderes y someterse a la opinión de quienes representan al pueblo y a las provincias que integran la Nación. En 2024 impidió ese debate, en el afán de preservar un único propósito en el que funda todo su programa: el equilibrio fiscal que, no se discute, es imprescindible para una sana administración.
El resultado hasta ahora ha puesto al Congreso en la tarea de analizar y proponer emergencias para distintos sectores, que están atravesando severas dificultades para su normal desenvolvimiento y cumplimiento de sus objetivos. Fue aprobada la del sector de la discapacidad y se discute la del sistema universitario y del científico.
Las razones se observan en la demanda pública de las familias que perdieron todo sustento para la atención de sus miembros con discapacidad y ahora se suma -en el caso puntual de Salta- la advertencia del rector de la Universidad Nacional sobre la posibilidad que deba declararse su emergencia financiera ante la acumulación de un déficit que torna difícil que la casa de estudios cumpla su misión.
Deben discutirse los criterios de administración, respetando la voluntad popular que impuso un gobierno que todavía no resolvió los grandes problemas nacionales. Y esa discusión tiene su espacio natural en el Congreso y un motivo, en el presupuesto.
Salta, 13 de agosto de 2025