Seguridad relanzó el sistema de protección para policías que denuncien corrupción en las fuerzas
La medida impide castigos administrativos y laborales para quienes declaren como testigos o alerten sobre delitos internos. Se creará un registro específico bajo control ministerial.
El Ministerio de Seguridad de la Nación oficializó la creación del Sistema de Protección Administrativa de Denunciantes y Testigos, un nuevo régimen destinado a brindar amparo institucional a los integrantes de las fuerzas policiales y de seguridad federales que realicen denuncias, actúen como testigos de hechos ilícitos o se nieguen a participar en ellos. También aplica para actos de corrupción o contra las reglas.
La Resolución 831/2025, que se publicó este martes en el Boletín Oficial, busca garantizar que no sufran represalias administrativas ni laborales por cumplir con su deber.
“Ya había sido implementada en la primera gestión de Patricia Bullrich como ministra, el gobierno siguiente le hizo modificaciones que la dejaron poco ejecutiva y ahora se vuelve a implementar”, explicó Carlos Manfroni, jefe de Gabinete del ministerio de Seguridad Nacional, a Infobae.
La resolución designa como autoridad de aplicación a la Dirección Nacional de Integridad y Transparencia, que depende de la Unidad Gabinete de Asesores del Ministerio. Su objetivo: “Fomentar la denuncia, investigación y sanción de irregularidades y delitos cometidos dentro de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales”.
El sistema no contempla protección física, pero sí resguardo en el plano profesional y administrativo para los miembros de la Policía Federal Argentina, la Gendarmería Nacional, la Prefectura Naval Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria y el Servicio Penitenciario Federal.
“La mayoría no necesita que los protejan físicamente, porque sabe cómo hacerlo, pero sí que los amparen ante las represalias laborales por denunciar a jefes o compañeros. Que no sean víctimas de ascensos truncados, de traslados intempestivos, de pases a retiro o sanciones”, comentó Manfroni en diálogo con este medio.
En este sentido, el artículo 3 de la resolución establece un extenso listado de actos considerados represalias, entre ellos: violencia física o verbal, asignación de tareas por debajo del rango, ambiente laboral hostil, acoso, convocatoria a juntas médicas sin justificación, exclusión de tareas o sobrecarga, y cualquier otra conducta que la autoridad evaluadora considere derivada de la denuncia o testimonio.
Quienes accedan a este régimen gozarán de garantías para que su situación laboral no sea alterada. Para ello, sus jefes serán anoticiados de esta protección administrativa y nada que pase con el denunciante escapará a la decisión del Ministerio. “No hay premios en esto, eso es para los civiles. Es el mero deber”, completó el jefe de gabinete de la cartera de Seguridad Nacional.
Cómo funciona
El sistema contempla además la creación del Registro Único de Protección Administrativa (RUPAd), donde se asentará el ingreso y egreso de los efectivos protegidos. Para acceder al régimen, se excluyen expresamente las denuncias anónimas: la presentación debe contener nombre, apellido y un relato concreto de los hechos, con documentación respaldatoria o, al menos, fundamentos de verosimilitud.
La inclusión puede solicitarse de forma presencial o por correo electrónico institucional. En casos urgentes, se podrá autorizar el ingreso provisional por 30 días, con posibilidad de prórroga si el riesgo persiste y no se ha podido reunir la documentación requerida.
A partir de la notificación de admisión al sistema, cualquier decisión que afecte la situación del denunciante requerirá la autorización previa del Ministerio de Seguridad. “La violación de esta norma será considerada una falta grave”, se aclara en el texto normativo.
Asimismo, se prohíbe expresamente a las autoridades de las fuerzas interrogar a los denunciantes sobre lo declarado ante el Ministerio, y se garantiza que no sea obligatorio seguir la vía jerárquica para efectuar la presentación.
La resolución también establece que la protección podrá ser revocada si se determina que hubo denuncia falsa, uso abusivo del sistema o incumplimiento de las condiciones pactadas.
La Dirección Nacional de Transparencia podrá, a su vez, proponer cambios de destino, evaluar sanciones o intervenir en medidas preventivas cuando se detecten represalias incluso previas a la denuncia, si se demuestra un vínculo con el hecho denunciado.
Esta medida deroga el anterior Sistema Integral de Protección Administrativa (SIPRA), aprobado en 2022, y lo reemplaza por una versión reformulada que incorpora aprendizajes previos y amplía el alcance a nuevas estructuras, como el Servicio Penitenciario Federal.
Con esta resolución, el Ministerio busca fortalecer los mecanismos institucionales de control interno, impedir represalias y consolidar una política activa de transparencia al interior de las fuerzas federales.
Con información de Infobae
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