La Justicia confirmó el desalojo de mapuches de un predio usurpado en Villa la Angostura
El Tribunal Superior provincial desestimó un recurso que presentó una comunidad y ordenó la restitución a sus propietarios de la tierra tomada.
En una de las tantas causas que involucra a la comunidad Paichil Antriao de Villa La Angostura, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) neuquino rechazó un recurso que presentaron sus integrantes y confirmó el desalojo del predio que ocupan en la costa del lago Nahuel Huapi.
El mismo grupo tiene otros dos conflictos en la misma localidad patagónica, en la que ingresaron aduciendo supuestas reivindicaciones territoriales. Una de ellas es con el ex deportista Emanuel Ginóbili y la otra con el municipio local, que intenta desalojarlos para tomar el control de un camping en la costa del lago Correntoso.
El máximo órgano judicial de la provincia petrolera desestimó el recurso extraordinario federal que presentó la comunidad y, en el mismo documento, confirmó la sentencia de primera instancia, que ordena el desalojo del lugar y la restitución a la parte denunciante.
Tal como ocurre en otros casos, la comunidad se ampara en la supuesta reivindicación territorial y la preexistencia en el lugar. Lo curioso es que el mismo argumento es el que utiliza en los otros casos en los que fueron denunciados por irrumpir en predios ajenos.
En el litigio que mantiene con el municipio local, integrantes del lof Paichil Antriao se negaron a restituir el camping que explotaban comercialmente, una vez que expiró el contrato de concesión. Lo hicieron con la misma excusa, asegurando que esas valiosas tierras les pertenecían y no al estado comunal, como pudo ser documentado durante el proceso judicial.
Se trata del grupo que representa mayor conflictividad en la localidad cordillerana, con constantes reclamos, usurpaciones y atentados, muchos de los cuales se adjudican.
Tanto los mapuches como sus abogados defensores, mantienen un constante enfrentamiento con el Ejecutivo local y con varios particulares, aunque insisten – mediante expresiones públicas y recursos judiciales – en apropiarse múltiples tierras.
El nuevo revés judicial está relacionado a Puerto Elma, un litigio que se arrastra desde hace varios años.
De acuerdo a la información que aportó la Justicia, el TSJ declaró desierto el recurso de apelación de la comunidad y ratificó la condena de primera instancia que obliga a restituir el terreno en litigio. Ante esa situación, la comunidad mapuche Paichil Antriao interpuso un recurso extraordinario federal alegando arbitrariedad de sentencia, falta de fundamentos e incongruencia, entre otros puntos.
Para los mapuches, la decisión de la Justicia neuquina desconoce la ocupación ancestral del territorio y subordina el derecho indígena a la lógica del derecho privado. Entre otros puntos, se reclamó la falta de aplicación de la Ley N°26160, que establece la suspensión de desalojos sobre territorios ocupados por comunidades indígenas hasta tanto se culmine el relevamiento técnico-jurídico. La comunidad afirmó que ya se habrían completado los trabajos de campo del relevamiento pero que no se avanzó por negligencia del Estado.
Cuestionaron además que el TSJ haya valorado como válidos los actos posesorios de los actores civiles, cuando –según indicaron– “la ocupación tradicional y ancestral de la Comunidad siempre es anterior, ya que se trata de un pueblo preexistente al Estado”. En esa línea, argumentaron que la ocupación actual debería presumirse tradicional y que no les correspondía a ellos probar tal extremo, sino que recaía en los actores la carga de desvirtuarla.
Remarcaron que el concepto de territorio para el pueblo mapuche “constituye una totalidad, con sentido espiritual y cultural”, que trasciende la noción económica del derecho estatal sobre la tierra. Afirmaron que el TSJ “descarta estos conceptos” y que su fallo es incongruente por no considerar el contexto histórico y los derechos colectivos involucrados.
Con la confirmación del fallo de primera instancia, la comunidad Paichil Antriao podría recurrir en queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, instancia a la que ya ha invocado como garante de los derechos constitucionales e internacionales de los pueblos indígenas en este caso.
Con información de Infobae
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